CONTRATO DE LICENCIA DE USUARIO FINAL PARA EL SOFTWARE DE BENTLEY
Versión del CLUF 2023-10-16
CONTRATO DE LICENCIA DE USUARIO FINAL PARA EL SOFTWARE DE BENTLEY
IMPORTANTE – LEA ATENTAMENTE: Este Contrato de licencia de usuario final (“CLUF”) es un contrato legal entre usted (ya sea una persona física o una entidad única) y la entidad de Bentley indicada en el Artículo 1, Sección 33 (“Bentley”), relativo al software de Bentley y a la documentación en línea o electrónica asociada que acompaña a este CLUF, lo que incluye los medios asociados y los servicios de Bentley basados en Internet (en lo sucesivo, el “Software”, referencia que incluye el “Software de Prueba” definido en el párrafo siguiente).
Si usted es una entidad o persona (“Evaluador”) que utiliza el Software o determinadas funciones del Software que se le distribuyen con fines de prueba y evaluación (“Software de Prueba”), los derechos y las obligaciones de licencia con respecto a dicho uso por parte del Evaluador se establecen en el Artículo 3 de este CLUF. En la medida en que exista un conflicto entre el Artículo 3 y los Artículos 1 o 2 de este CLUF con respecto a su uso del Software de Prueba, prevalecerá el Artículo 3.
USTED ACEPTA QUEDAR OBLIGADO POR LOS TÉRMINOS DE ESTE CLUF AL DESCARGAR, INSTALAR, COPIAR O ACCEDER DE CUALQUIER OTRO MODO AL SOFTWARE O UTILIZARLO. SU ACEPTACIÓN DE TODOS LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE ESTE CLUF ES UNA CONDICIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA QUE SE INDICA A CONTINUACIÓN. ESTE CLUF, CON LAS MODIFICACIONES QUE PUEDAN INTRODUCIRSE MEDIANTE CUALQUIER ACUERDO ESCRITO FIRMADO APLICABLE ENTRE USTED Y BENTLEY, REPRESENTA EL CONJUNTO COMPLETO DE TÉRMINOS Y CONDICIONES QUE RIGEN SU USO DEL SOFTWARE Y REEMPLAZA TODAS LAS COMUNICACIONES, PROPUESTAS Y PRESENTACIONES ORALES O ESCRITAS, PREVIAS O CONTEMPORÁNEAS, CON RESPECTO AL SOFTWARE O AL OBJETO DEL CLUF.
Si este contrato se traduce a un idioma distinto del inglés y existe un conflicto de términos entre la versión en inglés y la versión en el otro idioma, prevalecerá la versión en inglés. Debe conservar una copia de este CLUF para sus registros. La versión más reciente de este CLUF aparece en su totalidad aquí. Bentley puede actualizar o modificar el CLUF en cualquier momento sin previo aviso; no obstante, se aplicará la versión del CLUF vigente en el momento de la adquisición del Software.
Artículo 1: Términos y Condiciones
- DETERMINADAS DEFINICIONES.
- “Uso Académico Relacionado” hace referencia al uso del Software designado en formato de código objeto exclusivamente para la instrucción interna en el aula o la investigación de su personal docente o de los estudiantes matriculados en un programa de titulación, y no incluye el uso por parte de estudiantes en un entorno de empleo remunerado ni ningún otro uso prohibido en virtud de este CLUF.
- “Software Académico” hace referencia al Software que se identifica como “Academic Edition” o “Academic License” (o con expresiones de significado similar).
- “CAL” hace referencia a la licencia de acceso de cliente (client access license).
- “Dispositivo” hace referencia a una única computadora personal, estación de trabajo, terminal, computadora de mano, buscapersonas, teléfono, asistente digital personal, Servidor u otro dispositivo electrónico utilizado por un Usuario.
- “Usuario Externo” hace referencia a cualquier persona (no a una organización) que no sea: (i) uno de sus empleados de tiempo completo, de medio tiempo o temporales; o (ii) personal temporal de agencia o un contratista independiente asignado a su lugar de trabajo o sede de negocios.
- “Clave de Licencia” hace referencia al documento que Bentley le proporciona en formato electrónico o en cualquier otro formato, según lo determine Bentley a su exclusivo criterio, que identifica el Software licenciado y autoriza su uso.
- “Uso en Producción” hace referencia al uso del Software en formato de código objeto por parte de un único Usuario o Dispositivo, según corresponda, exclusivamente con fines de producción interna en apoyo de una Sede.
- “Sede” hace referencia a la ubicación geográfica concreta en la que usted instala o utiliza el Software por primera vez.
- “Relojes de Tiempo” hace referencia a los relojes de tiempo, mecanismos de protección contra copia u otros dispositivos de seguridad incorporados en el Software que pueden desactivarlo una vez vencido cualquier período de suscripción o de licencia por plazo determinado que resulte aplicable.
- “Usuario” o “Evaluador” hace referencia a cualquier persona o entidad que no sea un Usuario Externo.
- OTORGAMIENTO DE LICENCIA. Mientras usted cumpla con todos los términos de este CLUF, Bentley le otorga el derecho no exclusivo de (a) instalar y utilizar una copia del Software para Uso en Producción en el país donde se obtuvo el Software por primera vez y (b) utilizar la documentación que acompaña al Software únicamente con fines de referencia interna y no comercial.
- DERECHOS RESERVADOS. Usted reconoce y acepta que el Software es un producto exclusivo de Bentley o de sus proveedores, distribuidores y terceros no vinculados (“Proveedores”) protegido por derechos de autor y por otras leyes y disposiciones de tratados en materia de propiedad intelectual aplicables. Asimismo, usted reconoce y acepta que la totalidad de los derechos, títulos e intereses sobre el Software, incluidos los derechos de propiedad intelectual asociados, seguirán perteneciendo a Bentley o a sus Proveedores. Bentley puede otorgar esta licencia en nombre de los Proveedores en calidad de terceros beneficiarios de los derechos de licencia aquí previstos. Bentley conserva todos los derechos que no se le otorgan expresamente en este CLUF. EL SOFTWARE SE LICENCIA, NO SE VENDE.
- REGISTRO. Usted reconoce que puede ser necesario registrarse o activar el Software para poder aprovechar todas sus ventajas.
- PROHIBICIÓN DE ALQUILER U HOSPEDAJE COMERCIAL. El Software se licencia únicamente para Uso en Producción. Usted no puede alquilar, arrendar, prestar ni ofrecer servicios de hospedaje comercial con el Software. Tampoco puede utilizar el Software para prestar servicios basados en tarifas o en transacciones. Comuníquese con Bentley para conocer la disponibilidad de precios alternativos si desea utilizar el Software de esa manera.
- PROHIBICIÓN DE “MULTIPLEXACIÓN” O AGRUPACIÓN. El uso de software o hardware que reduzca la cantidad de dispositivos electrónicos supervisados o gestionados directamente por el Software, o que accedan a él o lo utilicen directamente (a veces denominado software o hardware de “multiplexación” o “agrupación”), no reduce la cantidad de licencias necesarias; la cantidad de licencias necesarias equivaldrá a la cantidad de entradas distintas al “front end” de hardware/software de multiplexación o agrupación.
- LIMITACIONES A LA INGENIERÍA INVERSA. Usted no puede decodificar, aplicar ingeniería inversa, desensamblar, descompilar ni traducir de ningún otro modo el Software, salvo en la medida en que dicha actividad esté expresamente permitida por la legislación aplicable, sin perjuicio de esta limitación. En la medida en que la ley le permita expresamente realizar alguna de las actividades enumeradas en la oración anterior, usted no ejercerá esos derechos hasta haber notificado a Bentley por escrito, con treinta (30) días de antelación, su intención de ejercerlos.
- CAPTURA Y USO DE DATOS. Usted acepta que Bentley puede recopilar y utilizar la información técnica reunida como parte de los servicios de soporte del Software que se le puedan prestar. La captura de datos de esta forma se utilizará únicamente para
mejorar los productos de Bentley o prestarle servicios personalizados. - COPIA DE ARCHIVO O DE RESPALDO. Usted puede realizar una cantidad razonable de copias de respaldo del Software, siempre que dichas copias no se instalen ni se utilicen con fines distintos del archivo.
- RESTRICCIONES SOBRE DETERMINADO SOFTWARE. El Software identificado como demo, evaluación, BDN, Beta, Technology Preview o “NFR” (o “Not for Resale” o con expresiones de significado similar) no puede venderse, permutarse ni transferirse de ningún otro modo. Dicho Software no puede utilizarse con ningún fin distinto de sus pruebas o evaluación, salvo que se especifique lo contrario en un acuerdo independiente firmado por usted y por Bentley.
- SOFTWARE ACADÉMICO. En el caso del Software Académico, por el presente Bentley le otorga un derecho y una licencia no exclusivos para utilizar en formato de código objeto dicho
Software Académico únicamente para el Uso Académico Relacionado. Usted no puede vender, permutar ni transferir de ningún otro modo el Software Académico. Nota especial aplicable al Software Académico: si ha incluido el Software Académico sujeto a este CLUF en un Bentley Academic SELECT Program Agreement válido (o en un acuerdo anterior o posterior) celebrado con Bentley, es posible que tenga derecho a beneficios de licencia adicionales e incrementales respecto de los establecidos en este CLUF en virtud de esa relación. En el caso de que el Software Académico deje de estar cubierto por un Bentley Academic SELECT Program Agreement válido (o por un acuerdo anterior o posterior) debido a la terminación de dicho acuerdo o por cualquier otro motivo, usted perderá esos beneficios incrementales y sus derechos de licencia serán únicamente los establecidos en este CLUF. - RELOJES DE TIEMPO. El plazo de licencia predeterminado de Bentley es perpetuo, salvo que se indique específicamente lo contrario para el Software licenciado. Si ha licenciado el Software sujeto a este CLUF por un plazo inferior al de una licencia perpetua, usted reconoce que el Software puede entregársele con Relojes de Tiempo incorporados. Usted acepta que los Relojes de Tiempo no se consideran un defecto del Software y libera a Bentley de todo reclamo, cualquiera sea su naturaleza, que surja de los Relojes de Tiempo o de su funcionamiento, o esté relacionado con ellos.
- ANTIPIRATERÍA. Como parte de las acciones legales para combatir la piratería delictiva de software, el Software puede incluir un mecanismo de seguridad capaz de detectar la instalación o el uso de copias ilegales del Software y de recopilar y transmitir datos sobre dichas copias ilegales. Los datos recopilados no incluirán datos de clientes creados con el Software. Al utilizar el Software, usted consiente dicha detección y recopilación de datos, así como su transmisión y uso en caso de que se detecte una copia ilegal. Si utiliza una copia ilegal de nuestro software y no consiente la recopilación y transmisión de dichos datos (incluso hacia los Estados Unidos), deje de utilizar la versión ilegal y comuníquese con Bentley para obtener una copia legalmente licenciada.
- Registros; Auditoria. Usted deberá mantener registros completos y exactos de las licencias de Software adquiridas y de su creación y uso del Software, a fin de permitir que Bentley determine si ha cumplido con sus obligaciones de licencia. Dichos registros deberán incluir la ubicación e identificación del hardware en el que utiliza cada copia del Software e identificar a los usuarios finales a quienes ha asignado licencias. Bentley podrá solicitarle, y usted deberá proporcionar, dentro de un plazo razonable desde la recepción de la notificación de Bentley, un informe escrito con los registros de respaldo que cumpla con los requisitos de conservación de registros de esta Sección. Asimismo, Bentley podrá solicitarle, y usted deberá permitir, con una notificación previa por escrito de siete (7) días por parte de Bentley, la inspección y copia razonables de dichos registros por parte de Bentley o de un auditor externo contratado por Bentley.
- CÓDIGO ABIERTO DE TERCEROS. El Software puede contener componentes de terceros, o suministrarse con ellos, sujetos a los términos y condiciones de licencias de software de “código abierto” según se identifican en la documentación (“Código Abierto de Terceros”). Los términos de dichas licencias se aplicarán exclusivamente respecto de dicho Código Abierto de Terceros, incluidas, entre otras, las disposiciones que rijan el acceso al código fuente, su modificación o la ingeniería inversa. Sin perjuicio de lo anterior, usted no puede utilizar el Software ni el Código Abierto de Terceros de ninguna manera que provoque que el Software quede sujeto a los términos de dicha licencia o de cualquier otra licencia “gratuita”, de “código abierto”, “pública”, de “shareware” o comparable, incluida cualquier licencia que exija que el Software (i) se divulgue o distribuya en formato de código fuente, (ii) se licencie a terceros con el fin de aplicar ingeniería inversa o de crear o distribuir obras derivadas, o (iii) sea redistribuible sin cargo, como, entre otras, la GNU Affero General Public License (AGPL), la GNU General Public License (GPL) o la GNU Lesser General Public License (LGPL).
- TRANSFERENCIA. Interna. Usted puede transferir el Software y el CLUF a un Dispositivo distinto dentro de la misma Sede, siempre que elimine por completo el Software de todos los Dispositivos anteriores. También puede realizar una única transferencia de una CAL a otro de sus Usuarios o Dispositivos ubicados en la misma Sede. Para llevar a cabo estas transferencias, es posible que deba comunicarse con Bentley. Externa. Usted no puede transferir a un tercero el Software ni la licencia otorgada en virtud de este CLUF, ni una CAL, sin el consentimiento previo por escrito de Bentley. Si se obtiene dicho consentimiento, podrá transferir de forma permanente el Software y la licencia otorgada en virtud de este CLUF, o la CAL, siempre que transfiera a dicho tercero el Software y todos los medios, y no conserve ninguna copia. El receptor de dicha transferencia deberá aceptar todos los términos y condiciones del CLUF. Toda pretendida sublicencia, cesión, transferencia o gravamen será nula sin el consentimiento previo de Bentley.
- ACTUALIZACIONES. Usted no puede utilizar Software identificado como una actualización a menos que cuente con la licencia correspondiente para utilizar el Software que Bentley haya identificado como apto para una actualización. Después de instalar una actualización, podrá utilizar el producto de Software original que era apto para la actualización, siempre que en todo momento utilice únicamente el Software actualizado o la versión anterior del Software sujeta a la actualización.
- PROHIBICIÓN DE AMPLIAR LAS FUNCIONALIDADES. Usted puede desarrollar sus propias aplicaciones que interoperen o se integren con el Software. Bentley fija el precio de su Software, entre otros factores, en función de las funcionalidades que le pone a disposición. Usted no puede ampliar el Software para habilitar o desbloquear funcionalidades del Software que Bentley no haya identificado específicamente como parte de la funcionalidad de usuario final especificada.
- SEPARACIÓN DE COMPONENTES. El Software se licencia como un único producto. Las partes que componen el Software no pueden separarse ni instalarse o utilizarse en varios Dispositivos.
- TERMINACIÓN. Si usted incumple los términos y condiciones de este CLUF, Bentley podrá dar por terminado este CLUF sin menoscabo de ninguno de sus demás derechos. En tal caso, usted deberá destruir y eliminar todas las copias del Software de su(s) Dispositivo(s). Las Secciones 1, 3, 13, 20, 21, 23, 25, 26, 27, 28 y 29 subsisten expresamente a la terminación.
- PROHIBICIÓN DE USO AUTOMATIZADO. Una licencia del Software no puede compartirse ni utilizarse simultáneamente en distintos Dispositivos, ni compartirse o utilizarse para atender múltiples solicitudes de Usuarios u operativas, según se indicó anteriormente. En consecuencia, usted no puede utilizar el Software en una aplicación o componente de servidor automatizado, desatendido y no interactivo (incluido ASP) en el que: (i) se pongan en cola para su procesamiento múltiples solicitudes de distintos Usuarios; o (ii) se pongan en cola para su procesamiento múltiples solicitudes de un mismo Usuario, pero que actúen sobre contenido creado o editado por otros Usuarios. Entre los ejemplos que infringirían esta Sección 18 se incluyen, entre otros, el uso como servidor de trazado, traductor de archivos, servidor de impresión u otras aplicaciones que utilicen o empleen métodos similares.
- GARANTÍA LIMITADA. Salvo en el caso del Software identificado como sin cargo, gratuito, demo, evaluación, BDN, Beta, Technology Preview o NFR, que se le proporciona “TAL CUAL” y específicamente sin garantía de ningún tipo, durante sesenta (60) días a partir de la fecha de la primera instalación (el “Periodo de Garantía”), Bentley garantiza que (i) el Software funcionará sustancialmente de conformidad con las especificaciones funcionales de la documentación que
acompaña al Software; y (ii) los medios en los que se distribuye el Software cumplen con los estándares generalmente aceptados del sector. Se entiende que ni Bentley ni sus Proveedores son responsables del uso que usted haga del Software ni de los resultados de dicho uso. Asimismo, se entiende que puede haber errores u omisiones en la información contenida en el Software, que dicha información puede no estar actualizada o completa y que defectos en el hardware o el software pueden impedirle acceder al Software. Esta garantía limitada la ofrece Bentley por sí sola y no se extiende a ningún código de software que nuestros Proveedores puedan aportar al Software. Todo suplemento o actualización del Software (incluidos, entre otros, correcciones, versiones en curso de desarrollo o actualizaciones posteriores) que se le proporcione después del vencimiento del período de Garantía Limitada indicado anteriormente no está cubierto por ninguna garantía ni condición,
expresa, implícita o legal. - Exención de Responsabilidad. LA GARANTÍA LIMITADA ANTERIOR ESTABLECE LAS ÚNICAS Y EXCLUSIVAS VÍAS DE RESARCIMIENTO POR EL INCUMPLIMIENTO DE GARANTÍA POR PARTE DE BENTLEY O DE SUS PROVEEDORES. SALVO POR LA GARANTÍA LIMITADA Y EN LA MÁXIMA MEDIDA PERMITIDA POR LA LEGISLACIÓN APLICABLE, BENTLEY Y SUS PROVEEDORES PROPORCIONAN EL SOFTWARE TAL CUAL Y CON TODOS SUS DEFECTOS, Y EN LA MÁXIMA MEDIDA PERMITIDA POR LA LEGISLACIÓN APLICABLE EN SU JURISDICCIÓN, BENTLEY Y SUS PROVEEDORES RENUNCIAN A TODAS LAS DEMÁS GARANTÍAS, POR SÍ MISMOS Y POR TODOS LOS PROVEEDORES, YA SEAN LEGALES, EXPRESAS O IMPLÍCITAS, INCLUIDAS, ENTRE OTRAS, LAS GARANTÍAS DE TITULARIDAD, LAS GARANTÍAS CONTRA INFRACCIÓN Y LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD Y APTITUD PARA UN FIN DETERMINADO. ESTA GARANTÍA LIMITADA LE OTORGA DERECHOS ESPECÍFICOS; USTED PUEDE TENER OTROS DERECHOS, QUE VARÍAN SEGÚN LA JURISDICCIÓN.
- ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO. El Software no es tolerante a fallos y no está diseñado, fabricado ni destinado a su uso o reventa como equipo de control en entornos peligrosos que requieran un funcionamiento a prueba de fallos, como el funcionamiento de instalaciones nucleares, sistemas de navegación o comunicación aeronáutica, control del tráfico aéreo, máquinas de soporte vital directo o sistemas de armamento, en los que la falla del Software pudiera provocar directamente la muerte, lesiones personales o daños físicos o ambientales graves (“Actividades de Alto Riesgo”). En consecuencia, Bentley y sus Proveedores renuncian específicamente a toda garantía expresa o implícita de aptitud para Actividades de Alto Riesgo.
- VÍAS DE RESARCIMIENTO DEL USUARIO FINAL. Si aparece un defecto en el Software que constituya un incumplimiento de la Garantía Limitada anterior, Bentley, a su exclusivo criterio, reparará el Software, reembolsará el precio que usted pagó por él o sustituirá los elementos defectuosos, siempre que: (i) usted notifique a Bentley el defecto durante el Periodo de Garantía; (ii) el Software no haya sido modificado, cambiado ni alterado por nadie distinto de Bentley, salvo autorización escrita de Bentley; (iii) su equipo informático se encuentre en buen estado de funcionamiento y el Software esté instalado en un entorno oficialmente compatible; y (iv) la no conformidad no haya sido causada por un tercero ni por usted, sus agentes, empleados o contratistas. El Software reparado, corregido o sustituido estará cubierto por esta garantía limitada durante el período restante de la garantía correspondiente al Software original o, si fuera mayor, durante treinta (30) días a partir de la fecha: (a) en que usted instale el Software reparado o sustituido, o (b) en que Bentley le haya indicado cómo utilizar el Software para lograr la funcionalidad descrita en la documentación. USTED ACEPTA QUE LO ANTERIOR CONSTITUYE SU ÚNICA Y EXCLUSIVA VÍA DE RESARCIMIENTO POR EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE BENTLEY DE LA GARANTÍA LIMITADA OTORGADA EN ESTE CLUF.
- LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD. Con independencia de que alguna vía de resarcimiento aquí prevista incumpla su finalidad esencial conforme a la ley, en ningún caso Bentley o sus Proveedores serán responsables por daños indirectos, especiales, incidentales, económicos o emergentes, cualquiera sea la naturaleza del reclamo, incluidos, entre otros, el lucro cesante, los costos por demoras, la interrupción de la actividad comercial, la pérdida de uso, los costos por datos o documentación perdidos o dañados, o las responsabilidades frente a terceros que surjan de cualquier origen, incluso si se hubiera advertido a Bentley de la posibilidad de dichos daños. En ningún caso la responsabilidad de Bentley o de sus Proveedores excederá el monto que usted haya pagado (en la moneda utilizada para la compra) por el Software. Algunas jurisdicciones no permiten la exclusión o limitación de garantías implícitas ni la limitación de responsabilidad por daños incidentales o emergentes, por lo que la limitación o exclusión anterior puede no aplicarse en su caso. LAS DISPOSICIONES DE ESTE CLUF DISTRIBUYEN LOS RIESGOS ENTRE BENTLEY Y USTED. LOS PRECIOS DE BENTLEY REFLEJAN ESTA DISTRIBUCIÓN DEL RIESGO Y LA LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD AQUÍ ESPECIFICADA.
- DERECHOS LEGALES DEL CONSUMIDOR. Nada de lo dispuesto en este CLUF pretende contravenir los derechos legales que puedan corresponder a los consumidores conforme a la legislación local.
- Sanciones y controles a la exportación. El Software está sujeto a las leyes, reglamentaciones y requisitos de sanciones y control de exportaciones de los EE.UU., además de las leyes, reglamentaciones y requisitos de sanciones y control de exportaciones de otros organismos o autoridades con sede fuera de los Estados Unidos (denominados colectivamente “Sanciones y Controles de Exportación”). Con independencia de cualquier divulgación que usted haga a Bentley sobre el destino final del Software, usted no debe exportar, reexportar ni transferir, ya sea directa o indirectamente, el Software, ni parte alguna de él, ni ningún sistema que lo contenga o contenga parte de él, a persona alguna sin antes cumplir estricta e íntegramente con todas las Sanciones y Controles de Exportación que puedan imponerse al Software o a la exportación, reexportación o transferencia, directa o indirecta, del Software y a las transacciones relacionadas. Las entidades, los usos finales y los países sujetos a restricciones por acción del Gobierno de los Estados Unidos, o de cualquier otro organismo o autoridad gubernamental fuera de los Estados Unidos, están sujetos a cambios, y es su responsabilidad cumplir con todas las Sanciones y Controles de Exportación aplicables, según se modifiquen cada tanto. Usted indemnizará, defenderá y mantendrá indemne a Bentley por cualquier incumplimiento de sus obligaciones conforme a esta Sección.
- DERECHOS RESTRINGIDOS DEL GOBIERNO DE LOS EE.UU. Si el Software se adquiere para los Estados Unidos de América, sus organismos o dependencias, o en su nombre (“Gobierno de los EE.UU.”), se proporciona con derechos restringidos.
El Software y la documentación que lo acompaña son “commercial computer software” y “commercial computer software documentation”, respectivamente, conforme a 48 C.F.R. 12.212 y 227.7202, y “restricted
computer software” conforme a 48 C.F.R. 52.227-19(a), según corresponda. El uso, la modificación, la reproducción, la divulgación, la ejecución, la exhibición o la comunicación del Software y de la documentación que lo acompaña por parte del Gobierno de los EE.UU. están sujetos a las restricciones establecidas en este Contrato y conforme a 48 C.F.R. 12.212, 52.227-19, 227.7202 y 1852.227-86, según corresponda. El contratista/fabricante es Bentley Systems, Incorporated, 685 Stockton Drive, Exton, PA 19341-0678. - DIVISIBILIDAD. Las disposiciones de este CLUF se considerarán separables, y la invalidez de cualquiera de ellas no afectará la validez del resto de este Contrato.
- CONSULTAS. Si tiene alguna consulta sobre este CLUF, comuníquese con la filial de Bentley que presta servicios en su país o escriba a: Bentley Systems, Incorporated, Legal Department, 685 Stockton Drive, Exton, PA 19341-0678.
- REDISTRIBUCIÓN DE BENTLEY® VIEW™. Si le interesa redistribuir Bentley View dentro o fuera de su organización, comuníquese con un representante de ventas de Bentley.
- ENTIDAD DE BENTLEY, LEY APLICABLE, RESOLUCIÓN DE DISPUTAS Y NOTIFICACIONES. Según dónde se encuentre su domicilio comercial principal (o, si usted es una persona física, dónde resida), este Contrato se celebra entre usted y la entidad de Bentley que se indica a continuación. Este Contrato se regirá e interpretará de conformidad con las leyes sustantivas vigentes en el país respectivo especificado en la tabla siguiente. En la máxima medida permitida por la legislación aplicable, las partes acuerdan que las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, con sus modificaciones, y las disposiciones de la Uniform Computer Information Transactions Act, tal como hayan estado o puedan estar en vigor en cualquier jurisdicción, no se aplicarán a este Contrato. Toda disputa, controversia o reclamo entre las partes que surja en virtud de este Contrato se resolverá conforme a la disposición aplicable de resolución de disputas que se indica a continuación. Envíe todas las notificaciones previstas en este Contrato a la atención del Bentley Legal Department, dirigidas a la entidad de Bentley correspondiente según su ubicación, conforme a la tabla siguiente.
Su domicilio comercial principal (o, si usted es una persona física, su lugar de residencia) | Las menciones a “Bentley” corresponden a la siguiente entidad Bentley: | La ley aplicable es: | Jurisdicción/fuero exclusivo para resolver la disputa: |
|---|---|---|---|
EE.UU. y Canadá | Bentley Systems, Incorporated, una sociedad de Delaware con domicilio social en 685 Stockton Drive, Exton, PA 19341-0678 | Estado de Pensilvania | Los tribunales federales con sede en Filadelfia, Pensilvania, tendrán jurisdicción exclusiva sobre todas las disputas relativas a este Contrato |
Reino Unido | Bentley Systems (UK) Limited, con domicilio social en 43rd Floor, 8 Bishopsgate, | Inglaterra y Gales | Los tribunales con sede en Londres, Inglaterra, tendrán jurisdicción exclusiva sobre todas las disputas relativas a este Contrato |
Brasil | Bentley Systems Brasil Ltda., | Brasil | Los tribunales y juzgados de São Paulo, Brasil, tendrán jurisdicción exclusiva sobre todas las disputas relativas a este Contrato |
México | BENTLEY SYSTEMS DE MEXICO S.A., con domicilio social en de C.V, Av. Insurgentes Sur #1106 piso 7, Col. Noche Buena, CDMX, México, C.P. 03720 | México | Los tribunales y juzgados de la Ciudad de México, México, tendrán jurisdicción exclusiva sobre todas las disputas relativas a este Contrato |
China | Bentley Systems (Beijing) Co., Ltd., con sede social en 1405-06, Tower 1, China Central Place, No. 81 Jianguo Road, Chaoyang District, Beijing, China | República Popular China | Las partes acuerdan resolver de forma amistosa toda disputa o diferencia que surja de este Contrato o en relación con él. En caso de que las partes no puedan resolver la disputa o diferencia dentro de los 30 días siguientes a |
Taiwán | Bentley Systems, Incorporated, Taiwan Branch, con | República Popular China | Toda disputa, controversia, diferencia o |
India | Bentley Systems India Private Limited, con domicilio social en Suite No. 1001 & 1002, | India | Los tribunales con sede en Nueva Delhi, India, tendrán jurisdicción exclusiva sobre todas las disputas relativas a este Contrato |
En todo el mundo a excepción de los países o regiones descritos arriba | Bentley Systems International Limited, con domicilio | Irlanda | Los tribunales con sede en Dublín, Irlanda, tendrán jurisdicción exclusiva sobre todas las disputas relativas a este Contrato |
Artículo 2: Términos aplicables al Software de Servidor
Este Artículo detalla la instalación, el uso y la licencia del Software de Servidor y de las CAL asociadas, así como las licencias de Conector Externo.
1. DETERMINADAS DEFINICIONES ADICIONALES.
1.1. “Software Cliente” hace referencia al software que permite a un Dispositivo acceder al Software de Servidor o utilizarlo (y, cuando corresponda, utilizar determinados aspectos del Software cuando está desconectado del Servidor).
1.2. “Conector Externo” hace referencia a un módulo con licencia independiente para un Software de Servidor específico que autoriza el uso del Software de Servidor por parte de Usuarios Externos.
1.3. “Por Procesador” es un modo de licencia del Software de Servidor en el que usted tiene licencia para utilizar el Software de Servidor en uno o más procesadores físicos o virtuales dentro de un Servidor designado.
1.4. “Por Servidor” es un modo de licencia del Software de Servidor en el que usted tiene licencia para utilizar el Software de Servidor en todos los procesadores contenidos físicamente en el Servidor designado.
1.5. “Por Usuario” o “Por Dispositivo” son modos de licencia que exigen que usted licencie una CAL independiente para cada Usuario o Dispositivo único que acceda al Software de Servidor o lo utilice, respectivamente.
1.6. “Servidor” hace referencia a cualquiera de sus computadoras que pueda ejecutar Software de Servidor.
1.7. “Software de Servidor” hace referencia al Software que proporciona servicios o funcionalidad a su(s) Servidor(es).
1.8. “Servidor/CAL” es un modo de licencia en el que la cantidad máxima de Usuarios (o Dispositivos, si corresponde) que pueden acceder al Software de Servidor o utilizarlo en un intervalo determinado es menor o igual que la cantidad de CAL que usted haya adquirido y designado para su uso exclusivo con ese Software de Servidor.
2. MODOS DE LICENCIA.
2.1. Servidores. Bentley licencia el Software de Servidor sobre la base de Servidor/CAL, con CAL de Dispositivo o de Usuario, o bien sobre la base de Por Procesador. Algunos Software de Servidor pueden ser aptos para la licencia de Conector Externo. El Software de Servidor puede estar limitado, incluso en el modo de licencia Servidor/CAL, en cuanto a la cantidad total de Dispositivos o Usuarios que pueden acceder a un Producto de Servidor designado. Salvo que se especifique explícitamente en la documentación que acompaña al Software de Servidor, el modo de licencia predeterminado para todo el Software de Servidor es Servidor/CAL con CAL de Usuario.
2.2. CAL. Bentley licencia las CAL por Servidor, por Dispositivo o por Usuario. Una CAL de Usuario permite que un Usuario (utilizando cualquier Dispositivo) acceda al Software de Servidor o lo utilice. Una CAL de Dispositivo permite que un Dispositivo acceda al Software de Servidor o lo utilice. Nota especial aplicable a la licencia de CAL: si ha incluido las CAL y el Software de Servidor sujetos a este CLUF en un acuerdo de programa comercial de Bentley válido, es posible que tenga derecho a beneficios de licencia adicionales e incrementales respecto de los establecidos en este CLUF en virtud de esa relación. En el caso de que su acuerdo de programa comercial de Bentley termine o de que usted opte por retirar las CAL o el Software de Servidor asociado de la cobertura de un acuerdo de programa comercial de Bentley, perderá esos beneficios incrementales y sus derechos de licencia serán únicamente los establecidos en este CLUF.
2.3. Conectores Externos. Determinados Productos de Servidor pueden licenciarse para admitir Usuarios Externos en virtud de una licencia de Conector Externo.
3. OTORGAMIENTO DE LICENCIA PARA EL SOFTWARE EN MODO SERVIDOR/CAL. Mientras usted cumpla con todos los términos de este CLUF, Bentley le otorga los siguientes derechos:
3.1. Instalación y uso.
(a) Software de Servidor. Usted puede instalar y utilizar una copia del Software de Servidor para Uso en Producción en un único Servidor en el país donde se obtuvo por primera vez el Software de Servidor. También puede utilizar la documentación que acompaña al Software de Servidor únicamente con fines de referencia interna y no comercial.
(b) Software Cliente. Usted puede instalar y utilizar el Software Cliente en la cantidad total agregada de Dispositivos a los que haya asignado una CAL para dicho uso.
(c) CAL. Se requiere una CAL independiente para cada Usuario o Dispositivo que acceda o utilice el Software de Servidor en cualquiera de sus Servidores. Una CAL otorga a un Usuario (utilizando cualquier Dispositivo) o a un Dispositivo el derecho de acceder al Software de Servidor que usted haya implementado en su Servidor, o de utilizarlo de otro modo. La cantidad máxima de Usuarios o Dispositivos que pueden acceder o utilizar el Software de Servidor instalado en un Servidor determinado en un intervalo dado es igual a la cantidad de CAL (de cualquier tipo) que usted adquiera y designe para su uso exclusivo con ese Servidor. Las CAL no pueden agruparse entre Usuarios o Dispositivos internos y están vinculadas a una única instalación del Software de Servidor.
(d) Servidor pasivo de conmutación por error. Si el Software de Servidor se utiliza en un entorno en clúster, usted puede utilizarlo de forma temporal en un Servidor empleado única y exclusivamente para el soporte de conmutación por error.
4. OTORGAMIENTO DE LICENCIA PARA EL SOFTWARE DE SERVIDOR EN MODO
POR SERVIDOR. Mientras usted cumpla con todos los términos de este CLUF, Bentley le otorga los siguientes derechos:
4.1. Instalación y uso
(a) Software de Servidor. Usted puede instalar y utilizar una copia del Software de Servidor para Uso en Producción en un único Servidor en el país donde se obtuvo por primera vez el Software de Servidor. También puede utilizar la documentación que acompaña al Software de Servidor únicamente con fines de referencia interna y no comercial. En el modo de licencia Por Servidor, la configuración predeterminada de Bentley es que usted puede utilizar el Software de Servidor en todos los procesadores contenidos físicamente en ese único Servidor. Si el Software de Servidor se licencia en modo Por Procesador, solo podrá utilizar el Software en la cantidad autorizada y licenciada de procesadores (físicos o virtuales) dentro de ese Servidor.
(b) Software Cliente. En el modo de licencia Por Servidor, salvo que Bentley licencie el Software de Servidor con una limitación en la cantidad máxima de Dispositivos o Usuarios que pueden acceder a él, usted puede instalar el Software Cliente en cualquier Dispositivo en apoyo de cualquier cantidad de Usuarios, siempre que el Software Cliente se utilice únicamente junto con el Software de Servidor.
(c) CAL. En el modo de licencia Por Servidor, salvo que Bentley licencie el Software de Servidor con una limitación en la cantidad máxima de Usuarios o Dispositivos que pueden acceder a él, una cantidad ilimitada de Usuarios o Dispositivos puede acceder al Software de Servidor y utilizarlo. En el modo de licencia Por Servidor no se requieren CAL para Usuarios o Dispositivos individuales.
(d) Servidor pasivo de conmutación por error. Si el Software de Servidor se utiliza en un entorno en clúster, usted puede utilizarlo de forma temporal en un Servidor empleado única y exclusivamente para el soporte de conmutación por error.
5. OTORGAMIENTO DE LICENCIA PARA LAS LICENCIAS DE CONECTOR EXTERNO. Mientras usted cumpla con todos los términos de este CLUF, Bentley le otorga los siguientes derechos:
5.1. Instalación y uso
(a) Licencia de Conector Externo. Usted puede instalar y utilizar una copia del Conector Externo en un Dispositivo y conectar ese Dispositivo al Software de Servidor designado, ya sea que se encuentre o no en la misma Sede, pero siempre dentro del mismo país que la instalación del Software de Servidor.
(b) Usuarios Externos. El modo de licencia predeterminado de un Conector Externo lo autoriza, por cada licencia de Conector Externo que adquiera, a permitir que cualquier cantidad de Usuarios Externos acceda o utilice una única copia del Software de Servidor designado para el que se haya obtenido la Licencia de Conector Externo, sin necesidad de que usted adquiera una CAL para cada Usuario Externo. Si algún Usuario no califica claramente como Usuario Externo, deberá licenciar adecuadamente dicho uso y acceso del Usuario al Software de Servidor por un método distinto del Conector Externo. Determinadas licencias de Conector Externo solo autorizan la conexión de una cantidad limitada de Usuarios Externos a través de ese Conector Externo; consulte la documentación de su Producto y su Clave de Licencia para conocer los detalles, las limitaciones y las condiciones específicas.
(c) Conector Externo pasivo de conmutación por error. Si el Conector Externo está instalado en un Dispositivo utilizado en un entorno en clúster, usted puede utilizar el Conector Externo de forma temporal en un Servidor o Dispositivo empleado única y exclusivamente para el soporte de conmutación por error.
Artículo 3 – Términos aplicables al Software de Prueba
ESTE CLUF, JUNTO CON CUALQUIER ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD APLICABLE QUE APAREZCA O SE MENCIONE EN LOS ARCHIVOS ENTREGADOS DURANTE LA INSTALACIÓN, REPRESENTA EL CONJUNTO COMPLETO DE TÉRMINOS Y CONDICIONES QUE RIGEN SU USO DEL SOFTWARE DE PRUEBA Y DE LA DOCUMENTACIÓN, Y REEMPLAZA CUALQUIER OTRA PROPUESTA, DECLARACIÓN O ENTENDIMIENTO PREVIO ENTRE LAS PARTES.
1. Derechos limitados solo para pruebas.
(a) El Software de Prueba ha sido diseñado y desarrollado por Bentley, ya sea por sí sola o junto con otros terceros, y esta licencia se otorga en nombre de todas las partes que contribuyeron al Software de Prueba y a la Documentación. Con sujeción a los términos y disposiciones establecidos, el Evaluador está dispuesto a aceptar la entrega del Software de Prueba con el fin de utilizarlo y evaluarlo. Bentley está dispuesta a permitir que el Evaluador utilice y evalúe el Software de Prueba conforme a los términos y condiciones de este CLUF, a fin de obtener del Evaluador información sobre dicho Software de Prueba que pueda resultar útil a Bentley para introducir mejoras, ampliaciones o modificaciones al respecto. El Software de Prueba solo puede utilizarse en una única computadora de su propiedad, arrendada o controlada de otro modo por usted. Usted no puede utilizar el Software de Prueba en ninguna otra plataforma, incluidos, entre otros, servidores, salvo según se disponga expresamente en el presente. Se considera que el Software de Prueba está “en uso” en una computadora cuando se carga en la memoria temporal (es decir, la RAM) o se instala en la memoria permanente (por ejemplo, disco duro, CD-ROM u otro dispositivo de almacenamiento) de esa computadora. Si el Software de Prueba está diseñado para proporcionar servicios o funcionalidad a servidores, deberá utilizarse en un único servidor de propiedad del Evaluador, arrendado o controlado de otro modo por él.
(b) Al aceptar el Contrato haciendo clic en “Acepto” o al descargar el Software de Prueba, Bentley otorga por el presente al Evaluador, sin cargo, un derecho no exclusivo e intransferible de utilizar el Software de Prueba únicamente con fines de evaluación. Este derecho finalizará en la fecha que Bentley determine, a su exclusivo criterio, en que Bentley ya no necesite información del Evaluador respecto del Software de Prueba; o cuando Bentley haya tomado conocimiento de que el Evaluador ha incumplido los términos de este CLUF.
2. Evaluación e informes
El Evaluador proporcionará a Bentley informes sobre su opinión y evaluación del Software de Prueba. El Evaluador consultará periódicamente con representantes de Bentley sobre el desempeño del Software de Prueba. El Evaluador acepta que los derechos, títulos e intereses sobre todo informe, comentario o sugerencia relativos al Software de Prueba, o sobre cualquier invención relativa a una mejora, modificación o ampliación del Software de Prueba concebida durante el cumplimiento de este CLUF por parte del Evaluador, o como resultado de él, pasarán a ser propiedad exclusiva de Bentley, y que Bentley podrá divulgar y utilizar dicha información con cualquier fin, sin obligación alguna frente al Evaluador.
3. Información y datos confidenciales y de propiedad exclusiva.
(a) El Evaluador reconoce que el Software de Prueba consiste en software de propiedad exclusiva y confidencial de Bentley o de sus licenciantes; y que todos los derechos, títulos e intereses sobre él, incluidos, entre otros, todas las patentes, los derechos de autor, las marcas comerciales y los secretos comerciales, son de propiedad exclusiva y confidenciales de Bentley o de sus licenciantes y seguirán perteneciéndoles. Por lo tanto, el Evaluador no divulgará, directa o indirectamente, ni realizará ninguna otra acción que dé lugar a la divulgación no autorizada de datos confidenciales o de propiedad exclusiva de cualquier naturaleza, incluida, entre otras, la reproducción de los datos que Bentley proporcione al Evaluador.
(b) La entrega de información confidencial al Evaluador no constituye una comercialización del Software de Prueba, sino una entrega ÚNICAMENTE con fines de prueba. El Evaluador no divulgará a ningún tercero los términos de este CLUF ni los resultados de ninguna evaluación realizada en virtud del presente, salvo con el consentimiento escrito de Bentley. A solicitud de Bentley, el Evaluador certificará por escrito la devolución o destrucción de toda dicha información confidencial.
(c) A los efectos de este CLUF, “Información Confidencial y de Propiedad Exclusiva” incluirá, entre otros, el Software de Prueba, incluidos su funcionalidad, desempeño, finalidad comercial, especificaciones, Documentación y similares, los resultados de las pruebas obtenidos por el Evaluador mediante el uso del Software de Prueba, todo dato relevante relativo al uso del Software de Prueba por parte del Evaluador, incluidos, entre otros, defectos, deficiencias, errores, omisiones, soluciones alternativas, funciones, ampliaciones, actualizaciones, mejoras y otra información relativa habitualmente a versiones no publicadas de programas informáticos, así como toda información, escrita u oral, relativa al Software de Prueba, incluidos planes e información comercial y financiera, que Bentley pueda divulgar al Evaluador cada tanto durante la vigencia de este CLUF. Ambas partes entienden que TODA información que Bentley proporcione al Evaluador durante la vigencia en relación con el Software de Prueba constituye Información Confidencial y de Propiedad Exclusiva de Bentley.
(d) Las partes utilizarán dicha Información Confidencial y de Propiedad Exclusiva únicamente para el fin establecido en la Sección 1 anterior. El Evaluador no hará ningún otro uso de la Información Confidencial y de Propiedad Exclusiva, en todo o en parte, sin el consentimiento previo, específico y por escrito de Bentley. En consecuencia, el Evaluador acepta no hacer ningún uso comercial de la Información Confidencial y de Propiedad Exclusiva, y no traducirá, copiará, desensamblará, aplicará ingeniería inversa ni descompilará ningún Software de Prueba, ni realizará copias o traducciones de ninguna Documentación. Asimismo, el Evaluador no elaborará informes previos al lanzamiento ni concederá entrevistas previas al lanzamiento sobre el Software de Prueba o la Información Confidencial y de Propiedad Exclusiva sin el consentimiento previo por escrito de Bentley.
(e) El Evaluador mantendrá la Información Confidencial y de Propiedad Exclusiva de Bentley en estricta confidencialidad, limitará su divulgación interna a los empleados que tengan una necesidad legítima de conocerla y ejercerá el mismo grado de diligencia en la protección de la Información Confidencial y de Propiedad Exclusiva de Bentley que el que ejerce para proteger su propia información confidencial y de propiedad exclusiva. El Evaluador podrá realizar copias del Software de Prueba únicamente en la medida necesaria para los fines de este CLUF, siempre que reproduzca e incluya en cada copia los avisos de secreto comercial, derechos de autor u otros derechos de propiedad intelectual de Bentley, e incluya la leyenda “Test Product–Do Not Copy or Distribute.”
(f) Ningún otro material relacionado suministrado por Bentley, incluida la Documentación, podrá ser reproducido de ninguna manera por el Evaluador. El original y todas las copias de la Información Confidencial y de Propiedad Exclusiva seguirán siendo propiedad de Bentley y deberán devolverse a Bentley cuando esta lo solicite.
4. Renuncia de garantía
(a) El Evaluador reconoce que el Software de Prueba no ha sido probado por completo y contendrá defectos o deficiencias que no pueden o podrían no ser corregidos. El Evaluador reconoce asimismo que el uso del Software de Prueba puede implicar la transmisión, carga, descarga, traducción o transferencia de sus datos a un servidor o plataforma informática fuera del control del Evaluador, y que pueden producirse algunos errores en los datos al transferirlos, transmitirlos o traducirlos mientras se utiliza el Software de Prueba. Bentley advierte al Evaluador que determine por sí mismo la idoneidad del uso del Software de Prueba para cualquier fin. Bentley advierte además al Evaluador que no utilice el Software de Prueba en un entorno de producción.
(b) El Evaluador reconoce que Bentley no tiene obligación expresa ni implícita de anunciar o presentar el Software de Prueba ni ningún producto similar o compatible. El Evaluador reconoce que todo uso, prueba, investigación y desarrollo que realice conforme a este CONTRATO se efectúa enteramente por su propia cuenta y riesgo. EN CONSECUENCIA, BENTLEY NO OTORGA DECLARACIONES NI GARANTÍAS, EXPRESAS O IMPLÍCITAS, RESPECTO DEL USO O DESEMPEÑO DEL SOFTWARE DE PRUEBA, INCLUIDAS, ENTRE OTRAS, LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD Y APTITUD PARA UN FIN DETERMINADO.
(c) EL EVALUADOR ACEPTA EL SOFTWARE DE PRUEBA EN CONDICIÓN “TAL CUAL”, Y BENTLEY NO SERÁ RESPONSABLE POR NINGÚN DAÑO DIRECTO, INDIRECTO, INCIDENTAL, ESPECIAL, EMERGENTE O PUNITIVO, CUALQUIERA SEA LA NATURALEZA DEL RECLAMO, INCLUIDOS, ENTRE OTROS, EL LUCRO CESANTE, LOS COSTOS POR DEMORAS, CUALQUIER FALTA DE ENTREGA, LOS COSTOS POR DATOS O DOCUMENTACIÓN PERDIDOS O DAÑADOS, O LAS RESPONSABILIDADES FRENTE A TERCEROS QUE SURJAN DE CUALQUIER ORIGEN, INCLUSO SI SE HUBIERA ADVERTIDO A BENTLEY DE LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS.
5. Consecuencias del incumplimiento
(a) El Evaluador reconoce que:
i. La divulgación no autorizada del Software de Prueba, de la Información Confidencial y de la Información de Propiedad Exclusiva obtenidas por el Evaluador mediante el uso del Software de Prueba, así como los usos del Software de Prueba distintos de los aquí previstos, ocasionarán a Bentley un perjuicio y un daño irreparables;
ii. Los daños pecuniarios pueden no ser un resarcimiento suficiente por la divulgación no autorizada del Software de Prueba;
iii. Bentley tendrá derecho, sin renunciar a ningún derecho o recurso adicional que le corresponda por ley, en equidad o por disposición legal, a las medidas cautelares o de equidad que un tribunal competente considere procedentes; y
(b) El incumplimiento de este CLUF por parte del Evaluador dará lugar a la terminación inmediata de este CLUF y podrá ser causa de exclusión de otros programas de Software de Prueba patrocinados por Bentley, entre otros recursos disponibles para Bentley por ley o en equidad
