Contrato del Programa Enterprise 365 para el Sector Público

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Términos del Programa Enterprise 365 para el Sector Público

Última modificación: 1 de abril de 2026

Última modificación: 1 de abril de 2026

El Contrato del Programa Enterprise 365 para el Sector Público (EPS) se rige por los siguientes términos y condiciones que, junto con cualquier Documento de Oferta aplicable, constituyen el Contrato del Programa Enterprise 365 para el Sector Público (el “Acuerdo”) entre el Suscriptor y la Entidad Contratante de Bentley:

Términos del Programa EPS-365

  1.    Definiciones.

Las palabras, términos y expresiones en mayúscula inicial utilizados en estos Términos del Programa EPS-365 tendrán el significado que se establece a continuación o en los Términos y Condiciones Generales de Bentley.

  1.    Aplicabilidad.

A solicitud del Suscriptor y previa aprobación de Bentley, el Suscriptor podrá participar en el Programa EPS-365, con sujeción a los términos y condiciones del Acuerdo. Para ser elegible para participar, el Suscriptor deberá (i) estar al corriente en todas las facturas pendientes por importes adeudados a Bentley; y (ii) utilizar SES para la administración de licencias.

  1.     Vista general.

Tras la aceptación del Suscriptor en el Programa EPS-365 por parte de Bentley, se otorgarán al Suscriptor derechos de Uso de determinados Productos EPS-365 (según se definen a continuación) sin limitación en cuanto al número de Usuarios. El Suscriptor formalizará un “Formulario de Pedido EPS-365” (que, a efectos de estos Términos del Programa EPS-365, constituye un Documento de Oferta), en el que se designarán las “Tarifas Anuales EPS-365”, la fecha de inicio de la suscripción (“Fecha de Inicio”). y la duración de la suscripción (“Plazo de Suscripción”). Si el Suscriptor formaliza varios Formularios de Pedido EPS-365 a lo largo del tiempo, el Formulario de Pedido EPS-365 con la fecha de formalización más reciente prevalecerá sobre todos los Formularios de Pedido EPS-365 anteriores.

  1.   Productos EPS-365.

Los Productos de Bentley elegibles en el marco del Programa EPS-365 (“Productos EPS-365”) se licencian sobre las siguientes bases: i) usuario nombrado o máquina única por día (“Productos de Categoría A”); ii) usuario nombrado o máquina única por trimestre (“Productos de Categoría B”); iii) tarifa fija (“Productos de Categoría C”); iv) unidades de procesamiento de datos (“Productos de Categoría D”); o v) almacenamiento máximo de datos (“Productos de Categoría E”). La información sobre el modelo de licencia y los precios de los Productos EPS-365 se incluye en la Lista de Precios de Enterprise 365. Bentley podrá modificar la lista de Productos EPS-365 cuando lo estime oportuno, a su entera discreción.

  1.   Concesión de Licencia de Productos EPS-365.

5.1. Uso en Producción. En contraprestación por el pago íntegro de las Tarifas Anuales EPS-365 y siempre que el Suscriptor no incumpla de otro modo el Acuerdo, Bentley otorga por la presente al Suscriptor una licencia no exclusiva, limitada, revocable, intransferible y no cedible para Usar los Productos EPS-365 en Uso en Producción durante el Plazo de Suscripción del Programa EPS-365, sin limitación en cuanto al número de Usuarios que puedan Usar los Productos EPS-365.

5.2. Uso de Evaluación. El Suscriptor podrá solicitar, y Bentley podrá, a su entera discreción, otorgar al Suscriptor un derecho limitado, intransferible, revocable y no exclusivo para utilizar Productos Elegibles únicamente con fines internos de evaluación o prueba (una “Licencia de Evaluación”), siempre que dichas Licencias de Evaluación no se utilicen para Uso en Producción. En la medida en que una Licencia de Evaluación se utilice incumpliendo las restricciones aquí establecidas (un “Uso No Autorizado”), cada uno de dichos casos de Uso No Autorizado se computará como un caso de Uso de Productos EPS-365.

  1.   Tarifas Anuales EPS-365.

El Formulario de Pedido EPS-365 designará una o más Tarifas Anuales EPS-365, en función de la duración de la suscripción (es decir, el número de años, cada uno definido como un “Año de Contrato”). Cada Año de Contrato será un período de doce meses, en el que el primer período (“Primer Año”) cubrirá los primeros doce meses a partir de la Fecha de Inicio, y los períodos posteriores cubrirán plazos de doce (12) meses a partir del aniversario de la Fecha de Inicio. Las Tarifas Anuales EPS-365 posteriores al Primer Año incorporarán un incremento de tarifa, según se indique en el Formulario de Pedido EPS-365, para dar cabida al aumento previsto en el uso de los Productos EPS-365. Cada Tarifa Anual EPS-365 se basa en el uso de Productos de Bentley durante los doce meses anteriores, concretamente de Productos de las Categorías A, B, D y E, más cualesquiera Productos de Categoría C suscritos, aplicables al Ecosistema del Suscriptor (según se define a continuación). El Suscriptor abonará por adelantado el total de las Tarifas Anuales EPS-365 de cada Año de Contrato, del cual Bentley detraerá trimestralmente una cuarta parte (¼) del valor de las Tarifas Anuales EPS-365 de dicho Año de Contrato. En caso de resolución anticipada conforme a las cláusulas 7, 8 u 11 del presente documento, cualquier parte restante de las Tarifas Anuales EPS-365 será devuelta al Suscriptor.

  1.   Ajustes de Tarifas.

7.1. Procedimiento de Ajuste de Tarifas. Las partes reconocen que las Tarifas Anuales EPS-365 se basan en el uso real o previsto de determinados Productos de Bentley por parte del Suscriptor, incluidas las organizaciones de terceros aceptadas y autorizadas por Bentley (a la Fecha de Inicio indicada en el Formulario de Pedido EPS-365) para utilizar Productos de Bentley en el marco de la suscripción al Programa EPS-365 del Suscriptor (conjuntamente, el “Ecosistema del Suscriptor”). Las partes reconocen asimismo que los cambios significativos e imprevistos en el Uso o en el Ecosistema del Suscriptor (según se detalla en esta sección 7 a continuación) pueden requerir un aumento o una reducción de las Tarifas Anuales EPS-365 (“Ajuste de Tarifas”). A efectos aclaratorios, el procedimiento de Ajuste de Tarifas detallado en esta cláusula 7.1 regirá los Ajustes de Tarifas realizados conforme a las cláusulas 7.4, 7.5 y 7.6 y no será aplicable a los Ajustes de Tarifas realizados conforme a la cláusula 7.3. Para los Ajustes de Tarifas realizados conforme a la cláusula 7.2, y con respecto a la facturación aplicable, se aplicará la cláusula 7.1.1 siguiente y no la cláusula 7.1.2.

Con sujeción a los límites de umbral para dicho aumento o reducción del Uso de Productos de las Categorías A, B, D y E descritos en la Sección 7.2 del presente documento, cualquiera de las partes podrá proponer por escrito Ajustes de Tarifas en cualquier momento durante el Año de Contrato en curso (“Notificación de Ajuste de Tarifas”). Dentro de los noventa (90) días siguientes a la recepción de una Notificación de Ajuste de Tarifas por la parte receptora, y previa conformidad de las partes, el Ajuste de Tarifas pasará a formar parte del Acuerdo en la forma que se establece a continuación para dicho aumento o reducción, respectivamente, del siguiente modo:

7.1.1. En el caso de un Ajuste de Tarifas por un aumento acordado, el Suscriptor abonará el importe prorrateado anualizado de dicho aumento: (1) en el Año de Contrato en curso al que se aplique por primera vez dicho aumento y dentro de los noventa (90) días siguientes a la recepción por el Suscriptor de la factura correspondiente; o (2) en el momento en que sea exigible el pago de las Tarifas Anuales EPS-365 del Año de Contrato inmediatamente siguiente, debiendo abonarse dicho importe prorrateado anualizado del aumento además de las Tarifas Anuales EPS-365 de dicho Año de Contrato siguiente, las cuales habrán sido revisadas para incluir el Ajuste de Tarifas acordado.

7.1.2. Un Ajuste de Tarifas por una reducción acordada pasará a formar parte del Acuerdo, deduciéndose el importe prorrateado anualizado de dicha reducción correspondiente al Año de Contrato en curso de las Tarifas Anuales EPS-365 del Año de Contrato inmediatamente siguiente, las cuales habrán sido revisadas para reflejar el Ajuste de Tarifas acordado. Si las partes no logran acordar un Ajuste de Tarifas dentro de los noventa (90) días siguientes a la recepción de una Notificación de Ajuste de Tarifas por la parte receptora, cualquiera de las partes podrá resolver la suscripción al Programa EPS-365, con efecto al final del Año de Contrato en curso, mediante notificación por escrito a la otra parte con una antelación no inferior a treinta (30) días (sin perjuicio de las disposiciones sobre notificación de resolución indicadas más adelante).

7.2. Productos de las Categorías A, B, D y E. Bentley revisará el Uso EPS-365 durante cada Año de Contrato. Si el valor de uso de los Productos de las Categorías A, B, D y E, con base en la Lista de Precios EPS-365, supera o cae por debajo del 10 % del valor bruto de uso del Año de Contrato anterior (precios de los Productos con base en la Lista de Precios EPS-365 x todo el uso de Productos de las Categorías A, B, D y E sin aplicar descuentos ni recargos)1, las Tarifas Anuales EPS-365 podrán ajustarse, con sujeción al procedimiento establecido en la cláusula 7.1 del presente documento. Los Ajustes de Tarifas, positivos o negativos, se limitarán al 20 % de las Tarifas Anuales EPS-365 del Año de Contrato en curso (en su versión revisada por cualquier Ajuste de Tarifas realizado durante dicho Año de Contrato), con sujeción a los requisitos de tarifa mínima de cualquier Oferta en la Nube.

7.3. Productos de Categoría C. Las Tarifas Anuales EPS-365 presuponen el uso únicamente de los Productos de las Categorías A, B, D y E enumerados en la Lista de Precios EPS-365, más cualesquiera Productos de Categoría C suscritos a la Fecha de Inicio. Si el Suscriptor añade o modifica una suscripción a un Producto de Categoría C durante un Año de Contrato determinado, el valor de la suscripción añadida se prorrateará hasta el final del Año de Contrato y se facturará con base en los precios vigentes en ese momento. Las Tarifas Anuales EPS-365 de los Años de Contrato posteriores se ajustarán para incluir la suscripción añadida. Las incorporaciones de Productos de Categoría C y los ajustes de tarifas correspondientes no estarán sujetos al procedimiento establecido en la cláusula 7.1 anterior.

7.4. Adquisiciones de Bentley. Si Bentley pone a disposición del Suscriptor nuevo software mediante una adquisición, se aplicará el Procedimiento de Ajuste de Tarifas descrito en la cláusula 7.1 del presente documento. Esto puede incluir tecnología actualmente utilizada por el Suscriptor que Bentley adquiera.

7.5. Reorganización, Fusiones y Adquisiciones y Desinversiones del Suscriptor. Si el Suscriptor forma parte de una reorganización, fusión o adquisición, o desinversión que involucre software de Bentley (incluidas, entre otras, licencias perpetuas o derechos de suscripción a Productos de Bentley), el Suscriptor lo notificará a Bentley dentro de los 30 días siguientes al hecho o la transacción. Los Ajustes de Tarifas relacionados, en su caso, estarán sujetos al Procedimiento de Ajuste de Tarifas establecido en la cláusula 7.1 del presente documento.

7.6. Acceso de Terceros. El Suscriptor podrá, en cualquier momento durante un Año de Contrato, solicitar la inclusión de una organización de terceros adicional (incluidas, entre otras, una filial, un consultor, un contratista u otra organización ajena al  Ecosistema del Suscriptor) dentro de su derecho EPS-365, con sujeción al consentimiento de Bentley, que no será denegado de forma injustificada. Los Ajustes de Tarifas relacionados, en su caso, estarán sujetos al Procedimiento de Ajuste de Tarifas establecido en la cláusula 7.1 del presente documento. El Suscriptor será  responsable de todos los Usuarios, incluidos los de organizaciones de terceros, dentro del Ecosistema del Suscriptor, incluido el cumplimiento de los términos y condiciones del Acuerdo.

8.   Versiones de los Productos EPS-365.

La participación del Suscriptor en el Programa EPS-365 está condicionada al uso por parte del Suscriptor de las versiones más recientes de los Productos EPS-365. Si el Suscriptor no ha adoptado plenamente las versiones más recientes en la Fecha de Inicio, el Suscriptor se compromete a hacerlo en un plazo de dieciocho meses a partir de la Fecha de Inicio. Bentley supervisará el uso de las versiones y podrá optar por resolver la suscripción del Suscriptor al Programa EPS-365 conforme a la cláusula 11.1 siguiente.

9.   Servicios EPS-365.

9.1. El Suscriptor podrá solicitar servicios profesionales cuando lo estime oportuno y Bentley podrá aceptar prestar dichos servicios conforme a este Acuerdo. Los servicios profesionales solicitados por el Suscriptor y que Bentley acepte prestar se denominarán en lo sucesivo “Ofertas de Servicios”. En los Términos del Servicio del presente documento se recogen más detalles sobre las Ofertas de Servicios.

9.2. Algunas Ofertas de Servicios tendrán un coste fijo expresado como un número determinado de “Créditos”. Cada Crédito tiene una validez de doce meses a partir de la Fecha de Inicio de la Suscripción, según se establezca en el Formulario de Pedido EPS-365, o de un aniversario determinado de la Fecha de Inicio de la Suscripción, según corresponda. A efectos aclaratorios, si uno o más Créditos pertinentes caducan después de haberse iniciado la prestación de una Oferta de Servicios pero antes de su finalización, la prestación continuará durante un máximo de 90 días desde el inicio de la Oferta de Servicios con base en los Créditos caducados, y no se solicitará al Suscriptor que emplee Créditos adicionales para dicha Oferta de Servicios. Se asignará al Suscriptor un número de Créditos en función de las Tarifas Anuales EPS-365 del Suscriptor establecidas en el Formulario de Pedido EPS-365. A efectos aclaratorios, el número de Créditos asignados puede ser cero.

10.   Gobierno corporativo.

10.1. Reuniones Trimestrales de Revisión del Negocio. Bentley y el Suscriptor harán sus mejores esfuerzos para reunirse al menos una vez cada 90 días durante la vigencia de la suscripción al Programa EPS-365 con el fin de revisar el éxito del programa y las áreas de mejora. Los temas de las reuniones incluyen, entre otros: a) el trabajo continuo del flujo de éxito y las nuevas áreas de colaboración conforme a los objetivos comunes del Suscriptor y de Bentley: b) el uso de las versiones de las aplicaciones, y la transparencia y previsibilidad de los precios; c) las posibles mejoras de eficiencia y ahorro de costes mediante el uso de Productos de Bentley; y d) el plan de colaboración organizativa.

10.2. Escalamiento. Cualquiera de las partes podrá, mediante notificación por escrito a la otra parte, solicitar el escalamiento de cualquier cuestión que surja: a) en una reunión de seguimiento; b) en cualquier Revisión Trimestral del Negocio u otra reunión descrita en la cláusula 10.1 anterior; o c) conforme al Procedimiento de Ajuste de Tarifas establecido en la cláusula 7.1 anterior. Dicho escalamiento se llevará a cabo del siguiente modo. El Formulario de Pedido EPS-365 del Suscriptor enumerará, en orden ascendente de nivel jerárquico (cada uno, un “Nivel de Escalamiento”), los nombres y cargos de las personas autorizadas de cada parte. Ambas partes reconocen que podrán producirse sustituciones de personas concretas según sea necesario, siempre que dichas sustituciones sean de un nivel jerárquico equivalente. Cada parte se compromete a hacer sus mejores esfuerzos para resolver dichas cuestiones escaladas en el Nivel de Escalamiento aplicable más bajo y solo solicitará un escalamiento adicional: 1) tras determinar que la resolución de la cuestión requiere el siguiente Nivel de Escalamiento superior, y 2) mediante notificación por escrito a la otra parte. A efectos aclaratorios, las partes acuerdan que, sin perjuicio del procedimiento de escalamiento aquí descrito, los plazos exigidos por la Sección 7.1 Procedimiento de Ajuste de Tarifas permanecerán vigentes en todo momento.

11.   Vigencia y Resolución.

11.1. Vigencia. La suscripción del Suscriptor al Programa EPS-365 comenzará en la Fecha de Inicio y continuará hasta el final del Plazo de Suscripción, salvo que Bentley o el Suscriptor resuelvan la suscripción al Programa EPS-365 por conveniencia en cualquier momento, mediante notificación previa por escrito con noventa (90) días de antelación (la “Notificación de Resolución”) a la otra parte. Antes del inicio de la suscripción al Programa EPS-365, Bentley podrá prorrogar las suscripciones vigentes en ese momento del Suscriptor con Bentley de forma prorrateada hasta el final del trimestre natural en curso.

11.2. Resolución por Incumplimiento Sustancial. Cualquiera de las partes podrá, a su elección, resolver este Acuerdo en caso de incumplimiento sustancial del mismo por la otra parte. Dicha resolución solo podrá llevarse a cabo mediante notificación por escrito a la otra parte, en la que se identifique expresamente el incumplimiento o los incumplimientos en los que se basa la resolución. Tras la recepción de dicha notificación, la parte incumplidora dispondrá de treinta (30) días para subsanar dicho incumplimiento o incumplimientos, y este Acuerdo quedará resuelto en caso de que la subsanación no se produzca antes de que finalice dicho plazo; no obstante, Bentley tendrá derecho a resolver este Acuerdo de forma inmediata si el Suscriptor (jarett 1) incumple cualquiera de sus obligaciones en virtud de la Sección 3 de los Términos y Condiciones Generales. El impago por parte del Suscriptor de una factura pendiente de Bentley constituirá siempre un incumplimiento sustancial de este Acuerdo.

11.3. Insolvencia. Si, conforme a la legislación concursal aplicable, el Suscriptor deviene incapaz de pagar sus deudas o incurre en insolvencia o quiebra o alcanza acuerdos con sus acreedores, o entra de otro modo en liquidación, administración concursal, intervención judicial o sindicatura, Bentley tendrá derecho a resolver este Acuerdo de forma inmediata mediante notificación por escrito.

11.4. Supuesto de Resolución. Tras la resolución de este Acuerdo por cualquier motivo, todos los derechos y licencias otorgados al Suscriptor en este Acuerdo se extinguirán de forma inmediata. Con respecto a los Productos licenciados de forma perpetua, los términos y condiciones establecidos en el contrato de licencia entregado con dichos Productos regirán el uso de dichos Productos por parte del Suscriptor. El Suscriptor interrumpirá de forma inmediata el uso de SES. En caso de resolución por conveniencia de la suscripción del Suscriptor al Programa EPS-365 conforme a la Sección 11.1 del presente documento, toda prestación de servicios relativa a cualquier Oferta de Servicios cesará de forma inmediata tras la recepción por Bentley o por el Suscriptor de una Notificación de Resolución.

12.   Varios.

12.1. Carácter Confidencial de los Términos.

12.1.1. Con sujeción al apartado 12.1.2, el Suscriptor reconoce por la presente que los términos y condiciones del Formulario de Pedido EPS-365 y cualesquiera materiales EPS-365 de Bentley son de naturaleza confidencial, y el Suscriptor acepta por la presente que ni él ni ninguna organización de terceros que utilice Productos EPS-365 en el Ecosistema del Suscriptor divulgará el contenido del Formulario de Pedido EPS-365 ni de ningún material EPS-365 de Bentley a ningún tercero.

12.1.2. Bentley reconoce por la presente que la divulgación por parte del Suscriptor de estos Términos del Programa EPS-365 y del Acuerdo, o de partes de estos, puede estar sujeta a las leyes estatales del Suscriptor, tales como las leyes de acceso a registros públicos o de libertad de información. La no divulgación de estos Términos del Programa EPS-365 y del Acuerdo, o de partes de estos, puede depender de las resoluciones oficiales o judiciales adoptadas conforme a dichas leyes cuando el Suscriptor reciba una solicitud de un tercero para la divulgación de información designada por Bentley como “información confidencial”. En tales casos, el Suscriptor notificará a Bentley dentro de un plazo razonable la existencia de la solicitud, y Bentley será el único responsable de defender su posición respecto de la confidencialidad de la información solicitada. Ni el Suscriptor ni ninguno de sus organismos está ni estará obligado a colaborar en la defensa de Bentley. Si posteriormente el Suscriptor realiza alguna divulgación de
dicha información, esta se efectuará de conformidad con dicha resolución oficial o judicial firme y únicamente en la medida exigida por la legislación aplicable.

Términos y Condiciones Generales

1.   Definiciones.

Las palabras, términos y expresiones en mayúscula inicial utilizados en estos Términos tendrán los significados que se establecen a continuación:

1.1. “Acuerdo” se definirá según lo establecido en los Términos del Programa aplicables.

1.2. “Bentley” significa la Entidad Contratante de Bentley y cualquier persona jurídica que controle a la Entidad Contratante de Bentley, sea controlada por ella o esté bajo control común con ella, incluida, sin limitación, cualquier entidad creada o adquirida durante la vigencia del presente documento.

1.3. “Entidad Contratante de Bentley” significa la entidad de Bentley aplicable indicada en el Artículo 7 de estos Términos para la licencia de Productos y servicios de Bentley.

1.4. “Productos de Bentley” o “Productos” significa los productos de software, datos y otros materiales, previamente o en lo sucesivo (incluidos los productos de software, datos y otros materiales adquiridos por Bentley durante la vigencia de un Acuerdo) Distribuidos por Bentley a través de los mecanismos de entrega determinados a entera discreción de Bentley, que Bentley pone a disposición del Suscriptor normalmente solo en forma de Código Objeto, para su licencia conforme al presente documento, incluidas las Actualizaciones y Mejoras (según se definen en los Términos de Asistencia y Mantenimiento).

1.5. “País” significa el país: (i) en el que el Producto se obtiene por primera vez de Bentley o de un revendedor autorizado de Bentley; o (ii) especificado en la orden de compra para la que puede realizarse una copia del Producto para Uso en Producción, o en el que se autoriza el uso del Producto.

1.6. “Dispositivo” significa un único ordenador personal, estación de trabajo, terminal, portátil, dispositivo móvil, servidor u otro dispositivo electrónico.

1.7. “Distribuir” significa la distribución por parte de Bentley por cualquier medio conocido en la actualidad o desarrollado en el futuro.

1.8. “Documentación” significa los recursos de información descriptivos, interactivos o técnicos relativos a los Productos o a las Ofertas en la Nube.

1.9. “Fecha de Entrada en Vigor” significa la fecha en la que el Suscriptor formaliza un Documento de Oferta que hace referencia a los Términos del Programa aplicables, o acepta de otro modo por escrito el Documento de Oferta.

1.10. “Producto Elegible” significa un Producto de Bentley designado en la Bentley SELECT Licensing Program Eligibility List, que puede consultarse en www.bentley.com/wp-content/uploads/SELECT-Licensing-Program-Eligibility-List.pdf, en ausencia de lo cual un Producto no es elegible para dicho programa o Suscripción.

1.11. “Usuario Externo” significa cualquier Usuario (no una organización) que no sea:

1.11.1. uno de los empleados a tiempo completo, a tiempo parcial o temporales del Suscriptor; o

1.11.2. personal temporal de agencia o un contratista independiente dedicado al Uso en Producción y que trabaje bajo la supervisión y el control del Suscriptor.

1.12. “Actualización Mayor” significa una versión comercial de un Producto que presenta funcionalidades adicionales sustanciales respecto del Producto al que está destinada a sustituir.

1.13. “Actualización Menor” significa una versión de mantenimiento de un Producto.

1.14. “Código Objeto” significa los Productos en un formato legible por máquina que no resulta adecuado para la comprensión humana de la lógica del programa y que puede ser ejecutado por un ordenador utilizando el sistema operativo apropiado sin compilación ni interpretación. El Código Objeto excluye expresamente el código fuente.

1.15. “Documento de Oferta” significa una oferta comercial por escrito de Bentley que puede denominarse de diversas formas: propuesta, orden de trabajo, declaración de trabajo, presupuesto o formulario de pedido.

1.16. “Uso en Producción” significa el uso de un Producto de Bentley en forma de Código Objeto por parte de un Usuario o Dispositivo, según corresponda, únicamente para los fines internos de producción del Suscriptor, y excluye a los Usuarios Externos (salvo en lo relativo al acceso a Productos de Servidor).

1.17. “Términos del Programa” significa los términos y condiciones pertinentes que rigen un programa de suscripción de Bentley.

1.18. “Información Protegida” se definirá como la información confidencial, protegida y técnica relativa a los Productos de Bentley y a la tecnología y
las prácticas comerciales de Bentley.

1.19. “Número de Serie” significa un número único emitido por Bentley para la identificación de una copia concreta de un Producto, número que se registrará a nombre del Suscriptor y que este asignará a una copia concreta de dicho Producto.

1.20. “Producto de Servidor” significa un Producto que reside en un servidor y proporciona funcionalidades a las que los Usuarios acceden conectándose al servidor mediante aplicaciones cliente o aplicaciones móviles. Dicho servidor puede residir: i) en un Producto de Servidor implantado tras el cortafuegos del Suscriptor o dentro de la red del Suscriptor, ii) en un Producto de Servidor licenciado por una organización externa, o iii) en Bentley como servicio basado en la nube.

1.21. “Oferta(s) de Servicios” significa los servicios profesionales solicitados por el Suscriptor y que Bentley acepta prestar conforme a un Documento de Oferta y a los términos de este Acuerdo.

1.22. “Emplazamiento” significa una o más ubicaciones geográficas concretas en las que el Suscriptor Usa o gestiona el funcionamiento de los Productos dentro de los límites geográficos de un único País.

1.23. “Suscriptor” se definirá según lo establecido en el Documento de Oferta pertinente y, con respecto al Uso de los Productos, el término “Suscriptor” se referirá a: (i) uno de los empleados a tiempo completo, a tiempo parcial o temporales del Suscriptor; o (ii) personal temporal de agencia o un contratista independiente dedicado al Uso en Producción y que trabaje bajo la supervisión y el control directos del Suscriptor.

1.24. “Subscription Entitlement Service” o “SES” significa el servicio de gestión de licencias basado en la nube de Bentley o cualquier herramienta sucesora de Bentley para la administración de licencias.

1.25. “Tarifa de Suscripción” significa la tarifa de una suscripción según se publique cuando Bentley lo estime oportuno, a su entera discreción.

1.26. “Plazo de Suscripción” se definirá según lo establecido en el Documento de Oferta o en los Términos del Programa pertinentes.

1.27. “Soporte Técnico” significa el soporte basado en Internet y correo electrónico para asistir al Suscriptor según se describe en los Términos del Programa y en los Términos de Asistencia y Mantenimiento pertinentes.

1.28. “Relojes Temporizadores” significa los mecanismos de protección contra copia u otros dispositivos de seguridad que pueden desactivar los Productos tras la resolución o expiración del Acuerdo, de cualquier Plazo de Suscripción aplicable o de cualquier plazo de renovación aplicable.

1.29. “Datos de uso” significa los datos o la información que Bentley pueda recopilar en relación con la instalación, el acceso o el uso por parte del Suscriptor de los Productos, de las características y funcionalidades de los Productos, de las Ofertas en la Nube (según se definen en los Términos de la Oferta en la Nube) y de otros servicios de Bentley, incluidas, entre otras, las estadísticas de uso que no contengan información de identificación personal, tales como el volumen de uso, la duración del uso, el momento de uso, el número de usuarios, las funciones utilizadas y la ubicación de los usuarios.

1.30. “Uso” (esté o no en mayúscula inicial) significa la utilización del Producto por parte de una persona física.

1.31. “Usuario” significa una persona física.

1.32. “Entorno Virtualizado” significa un sistema que proporciona acceso remoto a aplicaciones de software a uno o más usuarios.

2.   Pago de las Facturas de Bentley.

2.1. Condiciones de Pago. Salvo que se especifique lo contrario en un Documento de Oferta, el Suscriptor abonará cada factura de Bentley correspondiente a todas las licencias de Productos (incluidas las Licencias de Suscripción de Productos y las Licencias Temporales) y a los servicios prestados por Bentley en un plazo de treinta (30) días desde la fecha de dicha factura. Los pagos vencidos de dichas facturas devengarán intereses a razón del uno y medio por ciento (1,5 %) mensual o al tipo máximo permitido por la legislación aplicable, el que sea menor. En caso de que cualquier pago adeudado a Bentley esté vencido, Bentley podrá, a su discreción, suspender o, tras notificar dicho pago vencido y conceder un plazo de treinta (30) días para su subsanación, poner fin al acceso y uso por parte del Suscriptor de los Productos y de los servicios, derechos y licencias asociados proporcionados por Bentley.

2.2. Impuestos. El Suscriptor abonará a Bentley todos los impuestos gravados que Bentley esté obligada a recaudar del Suscriptor conforme a la legislación aplicable, incluidos, entre otros, los impuestos sobre ventas, uso, actividad, valor añadido, consumos específicos y bienes inmuebles (salvo los impuestos basados en la renta neta de Bentley). Si el Suscriptor está obligado, conforme a la legislación aplicable, a retener o deducir impuestos de cualquier pago a Bentley, el Suscriptor entregará a Bentley los recibos oficiales que acrediten el pago de dichos impuestos por parte del Suscriptor.

2.3. Registros; Auditoría. El Suscriptor mantendrá registros completos y exactos de las licencias de Productos adquiridas y de su creación y uso de los Productos, con el fin de permitir a Bentley determinar si el Suscriptor ha cumplido sus obligaciones de licencia. Dichos registros incluirán la ubicación y la identificación del hardware del Suscriptor en el que este utiliza cada copia de los Productos e identificarán a los Usuarios a los que el Suscriptor ha asignado licencias. Si Bentley sospecha que los Datos de uso son incompletos, inexactos o indicativos de un incumplimiento de los derechos otorgados al Suscriptor, Bentley podrá solicitar, y el Suscriptor deberá proporcionar, dentro de un plazo razonable desde la recepción de la notificación de Bentley, un informe escrito con los registros justificativos que satisfagan los requisitos de conservación de registros de esta Sección 2.3. Si el informe escrito no resulta suficiente para los requisitos de Bentley, Bentley podrá solicitar, y el Suscriptor deberá permitir, previa notificación por escrito de Bentley con siete (7) días de antelación, la inspección y copia razonables de dichos registros por parte de Bentley o de un auditor externo contratado por Bentley.

3.   Derechos de Propiedad Intelectual.

3.1. Titularidad; Reserva de Derechos. El Suscriptor reconoce y acepta que:

3.1.1. Los Productos, incluida la Documentación de cada Producto, y cualquier información sobre los Productos que el Suscriptor obtenga por cualquier medio de transmisión electrónica, contienen información protegida de Bentley, de sus licenciantes o de otros proveedores, y están protegidos por las leyes de derechos de autor de los Estados Unidos, otras leyes de derechos de autor aplicables, otras leyes relativas a la protección de la propiedad intelectual y disposiciones de tratados internacionales;

3.1.2. La totalidad del derecho, título e interés sobre los Productos, la Documentación, cualquier información que el Suscriptor obtenga por cualquier medio de transmisión electrónica y todos los derechos de propiedad intelectual asociados permanecerán en poder de Bentley o de sus licenciantes;

3.1.3. Los Productos se licencian, no se venden, y la titularidad de cada copia de los Productos permanecerá en poder de Bentley o de sus licenciantes y no se transmitirá al Suscriptor; y

3.1.4. Bentley conserva todos los derechos no otorgados expresamente.

3.2. Código Fuente. El Suscriptor no tendrá derecho alguno en virtud del presente documento a recibir, revisar, utilizar ni acceder de otro modo al código fuente de los Productos.

3.3. Avisos de Derechos de Autor. El Suscriptor reproducirá e incluirá en todas las copias de los Productos creadas por el Suscriptor todos los avisos de derechos de autor y leyendas de propiedad de Bentley o de sus licenciantes tal como aparecen en los soportes originales que contienen los Productos suministrados por Bentley.

3.4. Datos de uso. El Suscriptor acepta y reconoce que Bentley recopilará periódicamente Datos de uso y que todos los Datos de uso serán propiedad de Bentley y se considerarán Información Protegida de Bentley. El Suscriptor se compromete a no alterar ni interferir en la recopilación por parte de Bentley de Datos de uso exactos.

3.5. Documentación. Bentley podrá, en relación con los Productos o las Ofertas en la Nube, poner determinada Documentación a disposición del Suscriptor. La Documentación constituye Información Protegida de Bentley. Bentley otorga por la presente al Suscriptor una licencia limitada, intransferible y no exclusiva para utilizar dicha Documentación en apoyo del Uso en Producción.

3.6. Ingeniería Inversa. El Suscriptor no podrá descodificar, aplicar ingeniería inversa, desensamblar, descompilar ni traducir de otro modo los Productos o la Documentación, salvo y únicamente en la medida en que dicha actividad esté expresamente permitida por la  legislación aplicable, sin perjuicio de esta limitación. En la medida en que la ley permita expresamente al Suscriptor llevar a cabo alguna de las actividades enumeradas en la frase anterior, el Suscriptor no ejercerá dichos derechos hasta que haya notificado a Bentley por escrito, con treinta (30) días de antelación, su intención de ejercerlos.

3.7. Información Protegida.

3.7.1. El Suscriptor entiende y acepta que Bentley podrá, en relación con el suministro de Productos y servicios, divulgar Información Protegida al Suscriptor. El Suscriptor se compromete a tratar toda la Información Protegida conforme a esta Sección 3.7.

3.7.2. El Suscriptor mantendrá la confidencialidad de toda la Información Protegida. El Suscriptor no reproducirá ni copiará Información Protegida salvo en la medida permitida en el Acuerdo o según lo autorizado expresamente y por escrito con antelación por Bentley. Todas esas copias serán marcadas por el Suscriptor como información protegida y confidencial.

3.7.3. El Suscriptor únicamente utilizará la Información Protegida en cumplimiento del Acuerdo y podrá divulgarla únicamente a aquellos empleados que necesiten conocerla para desempeñar sus funciones conforme al Acuerdo. El Suscriptor no divulgará ni pondrá a disposición de ningún tercero la Información Protegida en ningún momento.

3.7.4. El Suscriptor tratará la Información Protegida con el mismo grado de diligencia que emplea para proteger su propia información confidencial y, en ningún caso, con menos de un grado razonable de diligencia.

3.7.5. Tras la resolución o no renovación del Acuerdo, el Suscriptor devolverá a Bentley o, si así se le solicita, destruirá toda la Información Protegida en su poder.

3.7.6. El Suscriptor no tendrá obligación de confidencialidad respecto de la Información Protegida que (i) haya pasado al dominio público por medios distintos de un incumplimiento del Acuerdo, (ii) haya sido obtenida legítimamente por el Suscriptor de un tercero sin obligación de confidencialidad, o (iii) fuera previamente conocida por el Suscriptor, según quede demostrado mediante pruebas claras y convincentes.

3.7.7. El Suscriptor informará de inmediato a Bentley en cuanto tenga conocimiento de cualquier uso o divulgación no autorizados, reales o potenciales, de la Información Protegida.

3.7.8. Bentley reconoce por la presente que la divulgación por parte del Suscriptor del Acuerdo, o de partes de este, puede estar sujeta a las leyes estatales del Suscriptor, tales como las leyes de acceso a registros públicos o de libertad de información. La no divulgación del Acuerdo, o de partes de este, puede depender de las resoluciones oficiales o judiciales adoptadas conforme a dichas leyes cuando el Suscriptor reciba una solicitud de un tercero para la divulgación de información designada por Bentley como “información
confidencial”.

3.7.9. En tales casos, el Suscriptor notificará a Bentley dentro de un plazo razonable la existencia de la solicitud, y Bentley será el único responsable de defender su posición respecto de la confidencialidad de la información solicitada. Ni el Suscriptor ni ninguno de sus organismos está ni estará obligado a colaborar en la defensa de Bentley. Si posteriormente el Suscriptor realiza alguna divulgación de dicha información, esta se efectuará de conformidad con dicha resolución oficial o judicial firme y únicamente en la medida exigida por la legislación aplicable.

3.8. Sin Pruebas Comparativas. El Suscriptor no podrá divulgar a ningún tercero los resultados de ninguna prueba de los Productos, incluidas, entre otras, las pruebas comparativas, sin obtener previamente el consentimiento por escrito de Bentley para ello.

4.   Uso de Productos de Bentley en un Entorno Virtualizado.

4.1. El Suscriptor podrá utilizar Productos de Bentley para Uso en Producción únicamente en una red informática multiusuario en un Entorno Virtualizado, con sujeción a las condiciones establecidas a continuación en esta Sección 4.

4.2. El Suscriptor reconoce que los Productos de Bentley no están actualmente certificados para su uso en todos los Entornos Virtualizados y que el Suscriptor es el único responsable de probar y dar soporte a los Productos de Bentley para su funcionamiento en un Entorno Virtualizado no certificado.

4.3. El Suscriptor acepta por la presente utilizar SES para permitir la supervisión precisa del Uso de los Productos de Bentley dentro del Entorno Virtualizado, de modo que cada sesión iniciada en el Entorno Virtualizado requiera su propia licencia única.

4.4. Entornos Virtualizados Certificados.

4.4.1. Puede encontrar más información, incluida una lista de los Entornos Virtualizados certificados por Bentley, así como actualizaciones de la política de Bentley, en https://aka.bentley.com/VirtualizedEnvironments (“VE Wiki”).

4.4.2. Los Productos de Bentley utilizados en un Entorno Virtualizado que no hayan sido certificados por Bentley ni figuren en el VE Wiki quedarán excluidos de las garantías aquí establecidas.

4.4.3. Bentley no proporcionará al Suscriptor servicios de soporte técnico para problemas, errores u otras dificultades de funcionamiento causados por, o relacionados con, el uso por parte del Suscriptor de Productos de Bentley en un Entorno Virtualizado que no haya sido certificado por Bentley ni figure en el VE Wiki.

4.5. A efectos aclaratorios, el derecho del Suscriptor a utilizar Productos de Bentley en un Entorno Virtualizado se extinguirá en caso de resolución o no renovación del Acuerdo, con independencia de que dichos productos se licencien de forma perpetua.

5.   Garantía Limitada; Limitación de Recursos y Responsabilidad.

5.1. Garantía Limitada al Suscriptor. Salvo en el caso de los Productos licenciados de forma gratuita, que se proporcionan al Suscriptor “TAL CUAL” y sin garantía de ningún tipo, Bentley garantiza por la presente, en beneficio únicamente del Suscriptor, que (a) durante un período de noventa (90) días (“Período de Garantía”) desde la fecha de entrega al Suscriptor de un Número de Serie o Producto, según corresponda, el Producto funcionará, en condiciones normales de uso, en conformidad sustancial con las especificaciones funcionales establecidas en la Documentación aplicable a dicho Producto, y (b) durante un período de noventa (90) días desde la fecha de entrega, los demás productos y materiales suministrados por Bentley al Suscriptor funcionarán, en condiciones normales de uso, en conformidad sustancial con la documentación de Bentley aplicable a dichos productos y materiales. Si el Suscriptor realiza, o se realizan por indicación del Suscriptor, modificaciones, mejoras o cambios en los Productos; si los Productos son objeto de ingeniería inversa, descompilación o desensamblaje; o si el Suscriptor incumple los términos del Acuerdo, las garantías de esta sección quedarán extinguidas de forma inmediata. Esta garantía limitada otorga al Suscriptor derechos legales específicos; el Suscriptor puede tener otros derechos que varíen según el estado o la jurisdicción.

5.2. Exclusión de Garantías. LAS GARANTÍAS ESTABLECIDAS EN LA SECCIÓN 5.1 ANTERIOR SON LAS ÚNICAS Y EXCLUSIVAS GARANTÍAS DE BENTLEY RELATIVAS A LOS PRODUCTOS, LOS SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO Y DEMÁS MATERIALES Y SERVICIOS LICENCIADOS, ENTREGADOS O SUMINISTRADOS DE OTRO MODO POR BENTLEY. BENTLEY NO GARANTIZA QUE LOS PRODUCTOS, LOS SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO NI NINGÚN OTRO SERVICIO O MATERIAL SATISFAGAN LOS REQUISITOS DEL SUSCRIPTOR, ESTÉN LIBRES DE VIRUS O FUNCIONEN DE FORMA ININTERRUMPIDA O SIN ERRORES. BENTLEY RECHAZA POR LA PRESENTE TODAS LAS DEMÁS GARANTÍAS, YA SEAN LEGALES, EXPRESAS O IMPLÍCITAS, INCLUIDAS, SIN
LIMITACIÓN, LAS GARANTÍAS DE NO INFRACCIÓN Y LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD, CALIDAD SATISFACTORIA E IDONEIDAD PARA UN FIN DETERMINADO. ESTAS EXCLUSIONES PUEDEN NO SER APLICABLES AL SUSCRIPTOR, DADO QUE ALGUNOS ESTADOS/JURISDICCIONES NO PERMITEN LA EXCLUSIÓN DE DETERMINADAS GARANTÍAS.

5.3. Recurso Exclusivo. La responsabilidad total de Bentley y el único y exclusivo recurso del Suscriptor por reclamaciones relativas a los Productos conforme a la Sección 5.1 anterior consistirán, a entera y absoluta discreción de Bentley, en (i) reparar o sustituir un Producto u otros materiales que incumplan las garantías anteriores, (ii) indicar al Suscriptor cómo lograr la misma funcionalidad del Producto descrita en la Documentación mediante un procedimiento distinto del establecido en la Documentación, o (iii) devolver el precio de compra o las tarifas abonadas por ello, siempre que se remita a Bentley una notificación por escrito de dicho incumplimiento, especificando el defecto, durante el Período de Garantía. Los Productos y la Documentación reparados, corregidos o sustituidos quedarán cubiertos por esta garantía limitada durante noventa (90) días a partir de la fecha: (a) de envío al Suscriptor de los Productos y la Documentación reparados o sustituidos, o (b) en que Bentley haya indicado al Suscriptor cómo utilizar los Productos para lograr la funcionalidad descrita en la Documentación.

5.4. Exclusión de Daños. EN NINGÚN CASO BENTLEY NI SUS LICENCIANTES Y PROVEEDORES SERÁN RESPONSABLES FRENTE AL SUSCRIPTOR POR LUCRO CESANTE, PÉRDIDA DE INGRESOS, PÉRDIDA DE FONDO DE COMERCIO, DAÑO REPUTACIONAL, INTERRUPCIÓN DEL NEGOCIO, COSTES DE DATOS O DOCUMENTACIÓN PERDIDOS O DAÑADOS, COSTES DE DEMORA, NI POR DAÑOS INDIRECTOS, INCIDENTALES, ESPECIALES O CONSECUENTES, CON INDEPENDENCIA DE LA NATURALEZA DE LA RECLAMACIÓN, INCLUIDA, SIN LIMITACIÓN, LA PÉRDIDA DE USO, LA IMPOSIBILIDAD DE ACCEDER A SERVICIOS EN LÍNEA O CUALQUIER FALLO O ENTREGA O RESPONSABILIDAD FRENTE A TERCEROS DERIVADA DE CUALQUIER FUENTE, INCLUSO SI BENTLEY HUBIERA SIDO ADVERTIDA, CONOCIERA O DEBIERA HABER CONOCIDO LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS O RECLAMACIONES. DADO QUE ALGUNOS ESTADOS/JURISDICCIONES NO PERMITEN LA EXCLUSIÓN O LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD POR DAÑOS CONSECUENTES O INCIDENTALES, LA LIMITACIÓN ANTERIOR PUEDE NO SER APLICABLE AL SUSCRIPTOR.

5.5. Descargo de Responsabilidad. El Suscriptor reconoce que los Productos no son tolerantes a fallos y que no han sido diseñados, fabricados ni concebidos para su uso, y no se utilizarán, en el desarrollo de armas de destrucción masiva, como equipos de control en línea en entornos peligrosos que requieran un funcionamiento a prueba de fallos, tales como el funcionamiento de instalaciones nucleares, sistemas de navegación o comunicación aeronáuticos, control del tráfico aéreo, máquinas de soporte vital directo o sistemas de armamento, en los que el fallo de los Productos pudiera provocar directamente la muerte, lesiones personales o daños físicos o medioambientales graves. El Suscriptor reconoce asimismo que los Productos no sustituyen al criterio profesional del Suscriptor y que, en consecuencia, ni Bentley ni sus licenciantes o proveedores son responsables del uso que el Suscriptor haga de los Productos ni de los resultados obtenidos de dicho uso. Los Productos están destinados únicamente a ayudar al Suscriptor en su actividad y no pretenden sustituir las pruebas y verificaciones independientes del Suscriptor sobre esfuerzos, seguridad, utilidad u otros parámetros de diseño.

5.6. Limitación de la Responsabilidad de Bentley. EN CASO DE QUE, NO OBSTANTE LO DISPUESTO EN LAS SECCIONES 5.1, 5.2, 5.3, 5.4 Y 5.5 DEL PRESENTE DOCUMENTO, SE DECLARE A BENTLEY RESPONSABLE DE DAÑOS DERIVADOS DE CUALQUIER INCUMPLIMIENTO, DEFECTO, DEFICIENCIA O FALTA DE CONFORMIDAD DE UN PRODUCTO, DE LOS SERVICIOS DE SOPORTE O DE CUALQUIER OTRO SERVICIO O MATERIAL, YA SEA POR CONTRATO, RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL U OTRA CAUSA, Y CON INDEPENDENCIA DE QUE CUALQUIER RECURSO AQUÍ ESTABLECIDO INCUMPLA SU PROPÓSITO ESENCIAL POR MINISTERIO DE LA LEY, LA RESPONSABILIDAD ACUMULADA DE BENTLEY EN VIRTUD DEL PRESENTE DOCUMENTO NO EXCEDERÁ DEL PRECIO ABONADO POR EL SUSCRIPTOR POR (i) DICHO PRODUCTO, (ii) LAS TARIFAS DE SUSCRIPCIÓN DEL PRODUCTO CORRESPONDIENTES A LOS DOCE (12) MESES ANTERIORES A LA RECLAMACIÓN APLICABLE RESPECTO DE UNA LICENCIA DE SUSCRIPCIÓN DE PRODUCTO, (iii) LAS TARIFAS DE SUSCRIPCIÓN DEL PROGRAMA CORRESPONDIENTES A LOS DOCE (12) MESES ANTERIORES A LA RECLAMACIÓN APLICABLE RESPECTO DEL PROGRAMA COMERCIAL DE SUSCRIPCIÓN DE BENTLEY PERTINENTE, O (iv) DICHO OTRO SERVICIO O MATERIAL DEFECTUOSO, SEGÚN CORRESPONDA. LAS DISPOSICIONES DEL ACUERDO DISTRIBUYEN LOS RIESGOS ENTRE BENTLEY Y EL SUSCRIPTOR. LOS PRECIOS DE BENTLEY REFLEJAN ESTA DISTRIBUCIÓN DEL RIESGO Y LA LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD AQUÍ ESPECIFICADA.

5.7. Indemnización por parte de Bentley.

5.7.1. Bentley abonará los daños que finalmente se concedan contra el Suscriptor con base en una reclamación frente al Suscriptor según la cual un Producto desarrollado y de titularidad de Bentley infringe los derechos de autor de un tercero conforme a la legislación de un país signatario del Convenio de Berna, o da lugar a la apropiación indebida de un secreto comercial de un tercero, en el País en el que el Suscriptor ha sido autorizado a destinar a Uso en Producción el Producto objeto de dicha reclamación, siempre que el Suscriptor proporcione a Bentley: (a) notificación rápida por escrito de dicha reclamación, (b) toda la información y asistencia disponibles, y (c) la posibilidad de ejercer el control exclusivo de la defensa y transacción de dicha reclamación.

5.7.2. Bentley tendrá asimismo derecho, a su costa, a obtener para el Suscriptor el derecho a continuar utilizando el Producto o a sustituir o modificar dicho Producto de modo que deje de ser infractor. Si ninguna de las alternativas anteriores estuviera disponible en condiciones que Bentley, a su entera discreción, considere deseables, el Suscriptor, previa solicitud por escrito de Bentley, devolverá a Bentley el Producto presuntamente infractor, en cuyo caso Bentley reembolsará al Suscriptor el precio abonado por este por cada copia de dicho Producto devuelto, menos un veinte por ciento (20 %) por cada año transcurrido desde el inicio de la licencia de dicha copia. En ningún caso la responsabilidad de Bentley frente al Suscriptor en virtud de este subapartado (5.7.2) excederá de las tarifas de licencia abonadas por el Suscriptor por el Producto presuntamente infractor.

5.7.3. Bentley no tendrá responsabilidad alguna y esta indemnización no será aplicable si la presunta infracción está contenida en un Producto que no haya sido desarrollado por Bentley ni sea de su titularidad, o se deba a la modificación del Producto por parte del Suscriptor o a la combinación, funcionamiento o uso de un Producto con otro software que no proceda de Bentley, o si el Suscriptor incumple el Acuerdo. Bentley tampoco tendrá responsabilidad alguna, y esta indemnización no será aplicable, respecto de la parte de cualquier reclamación por infracción basada en el uso de una versión sustituida o alterada de un Producto si la infracción se hubiera evitado utilizando una versión actual e inalterada del Producto.

Esta Sección 5.7 establece el único recurso del Suscriptor por infracción de derechos de propiedad intelectual.

5.8. Software Antivirus. Bentley utilizará software y procedimientos de comprobación de virus disponibles comercialmente y actualizados en todos los Productos antes de ponerlos a disposición del Suscriptor.

6.   Sanciones y Controles de Exportación.

El software está sujeto a las leyes, reglamentos y requisitos de sanciones y control de exportaciones de EE. UU., además de a las leyes, reglamentos y requisitos de sanciones y control de exportaciones de otros organismos o autoridades con sede fuera de los Estados Unidos (denominados conjuntamente “Sanciones y Controles de Exportación”). Con independencia de cualquier información facilitada por el Suscriptor a Bentley sobre el destino final del software, el Suscriptor no podrá exportar, reexportar ni transferir, ya sea directa o  indirectamente, el software, o cualquier parte de este, ni ningún sistema que contenga dicho software o parte de este, a persona alguna, sin cumplir previamente de forma estricta e íntegra todas las Sanciones y Controles de Exportación que puedan imponerse al software o a la exportación, reexportación o transferencia, directa o indirecta, del software y a las transacciones relacionadas con este. Las entidades, usuarios finales y países sujetos a restricciones por acción del Gobierno de los Estados Unidos o de cualquier otro organismo o autoridad gubernamental fuera de los Estados Unidos pueden variar, y es responsabilidad del Suscriptor cumplir las Sanciones y Controles de Exportación aplicables, en su versión vigente en cada momento. El Suscriptor indemnizará, defenderá y mantendrá indemne a Bentley por cualquier incumplimiento de sus obligaciones conforme a esta Sección 6.

7.   Entidad de Bentley, Legislación Aplicable, Resolución de Controversias y Notificaciones.

En función del lugar en el que se encuentre el domicilio social principal del Suscriptor (o, si el Suscriptor es una persona física, del lugar en el que resida), el Acuerdo se celebra entre el Suscriptor y la entidad de Bentley que se indica a continuación. El Acuerdo se regirá e interpretará de conformidad con la legislación sustantiva vigente en el país respectivo especificado en la tabla siguiente. En la máxima medida permitida por la legislación aplicable, las partes acuerdan que las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, en su versión modificada, y las disposiciones de la Uniform Computer Information Transactions Act, tal como hayan estado o puedan estar en vigor en cualquier jurisdicción, no se aplicarán al Acuerdo. Cualquier controversia, disputa o reclamación entre las partes que surja en virtud del Acuerdo se resolverá conforme a la disposición de resolución de controversias aplicable establecida a continuación. Las notificaciones en virtud de este Acuerdo se realizarán o entregarán en mano, por correo certificado con franqueo pagado, por servicio de entrega aérea al día siguiente o por medios electrónicos, y la fecha en la que dicha notificación se reciba en la dirección designada se considerará la fecha de dicha notificación. Todas las notificaciones enviadas conforme al Acuerdo se dirigirán, si son para Bentley, a la atención del Departamento Jurídico de Bentley y a la entidad de Bentley aplicable según la tabla siguiente, o por correo electrónico a Contracts@Bentley.com, y, si son para el Suscriptor, a la dirección (de correo electrónico) y al representante autorizado identificados por escrito ante Bentley.

Domicilio social principal del Suscriptor (o, si el Suscriptor es una persona física, el lugar en el que reside)

Las referencias a “Bentley” designan a la siguiente entidad de Bentley:

La legislación aplicable es:

Jurisdicción/foro exclusivo para la resolución de controversias:

EE. UU. y Canadá

Bentley Systems, Inc., una sociedad de Delaware con domicilio social en 685 Stockton Drive, Exton, PA 19341-0678

Estado de Pensilvania

En caso de cualquier controversia, disputa o reclamación entre las partes que surja en virtud de este Acuerdo, las partes se someterán a arbitraje vinculante ante un árbitro único en Filadelfia, Pensilvania de conformidad con el Reglamento de Arbitraje Comercial de la American Arbitration Association. La decisión del árbitro será firme y vinculante para las partes, y la sentencia sobre el laudo dictado por el árbitro será ejecutable ante cualquier tribunal competente. Cada parte asumirá sus propios honorarios de abogados, costes y gastos incurridos en dicho arbitraje. No obstante lo anterior, Bentley tiene derecho a iniciar procedimientos contra el Suscriptor ante cualquier tribunal respecto del incumplimiento por parte del Suscriptor de sus obligaciones de pago en virtud del Acuerdo, sin someterse previamente a arbitraje vinculante.

Reino Unido

Bentley Systems (UK) Limited, con domicilio social en 43rd Floor, 8 Bishopsgate, London, United Kingdom, EC2N 4BQ

Inglaterra y Gales

En caso de cualquier controversia, disputa o reclamación entre las partes que surja en virtud de este Acuerdo, las partes se someterán a arbitraje vinculante ante un árbitro único en Londres, Reino Unido de conformidad con el Reglamento de Arbitraje Comercial de la International Chamber of Commerce. La decisión del árbitro será firme y vinculante para las partes, y la sentencia sobre el laudo dictado por el árbitro será ejecutable ante cualquier tribunal competente. Cada parte asumirá sus propios honorarios de abogados, costes y gastos incurridos en dicho arbitraje. No obstante lo anterior, Bentley tiene derecho a iniciar procedimientos contra el Suscriptor ante cualquier tribunal respecto del incumplimiento por parte del Suscriptor de sus obligaciones de pago en virtud del Acuerdo, sin someterse previamente a arbitraje vinculante.

Brasil

Bentley Systems Brasil Ltda., con domicilio social en Avenida Paulista, 2537. 9º Andar. Sala 09-114, São Paulo, SP, Código Postal 01310-100

Brasil

En caso de controversias, disputas, cuestiones, dudas o reclamaciones (“Controversia”) entre las partes derivadas de este Acuerdo, las partes harán sus mejores esfuerzos por resolver la Controversia. A tal efecto, cualquiera de las partes podrá requerir a la otra para que asista a una reunión en la que se intentará resolver la Controversia mediante conversaciones amistosas de buena fe (“Notificación de Controversia”). Salvo que se disponga otra cosa en este Acuerdo, si las partes no encuentran una solución en un plazo de 30 (treinta) días desde la entrega de la Notificación de Controversia de una parte a la otra, la Controversia se resolverá mediante arbitraje. El procedimiento arbitral será conducido por el AMCHAM Arbitration and Mediation Center de conformidad con su reglamento (“Reglamento de Arbitraje”).
La resolución de una Controversia mediante procedimiento arbitral solo será aplicable en caso de que el importe controvertido exceda de BRL 5.000.000,00 (cinco millones de reales). Si no se alcanza dicho importe, la Controversia se sustanciará mediante litigio ante los Tribunales de la Ciudad de São Paulo, Estado de São Paulo.
El arbitraje se llevará a cabo en portugués por tres árbitros.
El demandante deberá designar un árbitro en la “Solicitud de Arbitraje”, y el demandado deberá designar un árbitro en su primera oportunidad de pronunciarse. Si una de las partes no designa a su respectivo árbitro, este será designado conforme al procedimiento establecido en el Reglamento de Arbitraje. Los dos árbitros designarán de común acuerdo al tercer árbitro, que presidirá el tribunal arbitral. De no haber consenso, el tercer árbitro será designado conforme al Reglamento de Arbitraje.
Las partes reconocen que cualquiera de ellas podrá solicitar medidas cautelares urgentes ante los Tribunales de la Ciudad de São Paulo, Estado de São Paulo, y que dicha solicitud no se considerará incompatible con las disposiciones contenidas en esta cláusula o en la Ley 9.307/96, ni como una renuncia a estas. Además de la autoridad conferida al tribunal arbitral por el Reglamento de Arbitraje, el tribunal arbitral tiene autoridad para dictar órdenes y conceder medidas cautelares preliminares, medidas de precaución y medidas cautelares, así como para determinar el cumplimiento específico, cuando lo considere justo y equitativo.
El laudo arbitral deberá constar por escrito y estar motivado, se considerará firme y vinculante entre las partes y será ejecutable conforme a sus términos. El laudo arbitral podrá determinar la distribución de los costes relacionados con el procedimiento arbitral, incluidos los honorarios y desembolsos razonables de abogados.
La elección del foro arbitral realizada por las partes en este En caso de cualquier controversia, disputa o reclamación entre las partes que surja en virtud de este Acuerdo, las partes se someterán a arbitraje vinculante ante un árbitro único en Ciudad de México, México de conformidad con el Reglamento de Arbitraje Comercial de la International Chamber of Commerce. La decisión del árbitro será firme y vinculante para las partes, y la sentencia sobre el laudo dictado por el árbitro será ejecutable ante cualquier tribunal competente. Cada parte asumirá sus propios honorarios legales, costes y gastos incurridos en dicho arbitraje. No obstante lo anterior, Bentley tiene derecho a iniciar procedimientos contra el Suscriptor ante cualquier tribunal respecto del incumplimiento por parte del Suscriptor de sus obligaciones de pago en virtud del Acuerdo, sin someterse previamente a arbitraje vinculante.
Acuerdo no impide a ninguna de las partes ejecutar judicialmente el laudo arbitral ni las obligaciones ciertas y exigibles derivadas de este Acuerdo.

México

BENTLEY SYSTEMS DE MEXICO S.A., de C.V. con domicilio social en Insurgentes Sur 1079 piso 3, Oficina 03-125, Colonia Noche Buena, Delegación Benito Juárez, C.P. 03720, Ciudad de México

México

En caso de cualquier controversia, disputa o reclamación entre las partes que surja en virtud de este Acuerdo, las partes se someterán a arbitraje vinculante ante un árbitro único en Ciudad de México, México de conformidad con el Reglamento de Arbitraje Comercial de la International Chamber of Commerce. La decisión del árbitro será firme y vinculante para las partes, y la sentencia sobre el laudo dictado por el árbitro será ejecutable ante cualquier tribunal competente. Cada parte asumirá sus propios honorarios legales, costes y gastos incurridos en dicho arbitraje. No obstante lo anterior, Bentley tiene derecho a iniciar procedimientos contra el Suscriptor ante cualquier tribunal respecto del incumplimiento por parte del Suscriptor de sus obligaciones de pago en virtud del Acuerdo, sin someterse previamente a arbitraje vinculante.

China

Bentley Systems (Beijing) Co., Ltd., con domicilio social en No. 02, 03, 05, 19th Floor, Tower 2, China Central Place, No. 79 Jianguo Road, Chaoyang District, Pekín, China

República Popular China

Las partes acuerdan resolver amistosamente cualquier controversia o discrepancia que surja de o en relación con el Acuerdo. En caso de que las partes no puedan resolver la controversia o discrepancia en un plazo de 30 días desde la entrega por cualquiera de las partes de una notificación que confirme la existencia de la controversia, cualquiera de las partes podrá someter la controversia a la China International Economic and Trade Arbitration Commission en Pekín (“CIETAC”) para su arbitraje firme y vinculante de conformidad con las normas y procedimientos de la CIETAC. El laudo dictado por la CIETAC será ejecutable ante cualquier tribunal competente.

Taiwán

Bentley Systems, Incorporated, Taiwan Branch, con domicilio social en Room 1551, 15th floor No. 168, Sec. 3, Nanjing E. Rd. Taipei 104 Taiwan

Taiwán

Cualquier controversia, disputa, discrepancia o reclamación que surja de, se relacione con o guarde conexión con el Acuerdo, o con su incumplimiento, resolución o invalidez, se resolverá de forma definitiva mediante arbitraje sometido a la Chinese Arbitration Association, Taipei, de conformidad con el reglamento de arbitraje de dicha asociación. El lugar del arbitraje será Taipéi, Taiwán. El idioma del arbitraje será el inglés. El laudo arbitral será firme y vinculante para ambas partes.

India

Bentley Systems India Private Limited, con domicilio social en Suite No. 1001 & 1002, WorkWell Suites, 10th Floor, Max House, 1516/338, 339, 340, Village Bahapur, New Delhi 110020, India

India

En caso de cualquier controversia, disputa o reclamación entre las partes que surja en virtud de este Acuerdo, las partes se someterán a arbitraje vinculante ante un árbitro único en Nueva Delhi, India, designado de conformidad con el Reglamento de Arbitraje de la International Chamber of Commerce, y dicha controversia, disputa o reclamación se resolverá de forma definitiva conforme a dicho Reglamento. La decisión del árbitro será firme y vinculante para las partes, y la sentencia sobre el laudo dictado por el árbitro será ejecutable ante cualquier tribunal competente, de conformidad con las disposiciones de la Arbitration and Conciliation Act, 1996. Cada parte asumirá sus propios honorarios legales, costes y gastos incurridos en dicho arbitraje. Con sujeción a los arbitrajes, las partes acuerdan someterse a la jurisdicción exclusiva de los tribunales de Nueva Delhi, India. No obstante lo anterior, Bentley tiene derecho a iniciar procedimientos contra el Suscriptor ante cualquier tribunal respecto del incumplimiento por parte del Suscriptor de sus obligaciones de pago en virtud del Acuerdo, sin someterse previamente a arbitraje vinculante.

En todo el mundo, salvo en un país o región de los descritos anteriormente

Bentley Systems International Limited, con domicilio social en 6th Floor, 1 Cumberland St , Fenian St, Dublin 2, D02 AX07, Irlanda

Irlanda

En caso de cualquier controversia, disputa o reclamación entre las partes que surja en virtud de este Acuerdo, las partes se someterán a arbitraje vinculante ante un árbitro único en Dublín, Irlanda de conformidad con el Reglamento de Arbitraje Comercial de la International Chamber of Commerce. La decisión del árbitro será firme y vinculante para las partes, y la sentencia sobre el laudo dictado por el árbitro será ejecutable ante cualquier tribunal competente. Cada parte asumirá sus propios honorarios legales, costes y gastos incurridos en dicho arbitraje. No obstante lo anterior, Bentley tiene derecho a iniciar procedimientos contra el Suscriptor ante cualquier tribunal respecto del incumplimiento por parte del Suscriptor de sus obligaciones de pago en virtud del Acuerdo, sin someterse previamente a arbitraje vinculante.

  1.   Varios.

8.1. Cesión. El Suscriptor no cederá, transferirá, gravará, subcontratará, delegará ni dispondrá de ningún otro modo de la totalidad o de parte de sus derechos u obligaciones en virtud del Acuerdo sin el consentimiento previo por escrito de Bentley. A efectos del Acuerdo, un cambio de control del Suscriptor se considerará una cesión para la que Bentley otorga por la presente su consentimiento previo por escrito, siempre que la entidad resultante de dicho cambio de control celebre un contrato de programa de suscripción con Bentley. Bentley también podrá, en cualquier momento, ceder, transferir, gravar, subcontratar, delegar o disponer de cualquier otro modo de la totalidad o de parte de sus derechos u obligaciones en virtud del Acuerdo a cualquier sucesor en el interés del negocio de Bentley o a cualquier persona jurídica que controle a la Entidad Contratante de Bentley, sea controlada por ella o esté bajo control común con ella. Cualquier pretendida cesión que infrinja esta disposición será nula y sin efecto.

8.2. Acuerdo Íntegro. El Acuerdo, junto con el Documento de Oferta y cualesquiera modificaciones firmadas conforme a la Sección 8.3 de estos Términos, en su caso, constituye el acuerdo íntegro de las partes y sustituye y refunde todos los acuerdos, prácticas anteriores, conversaciones y entendimientos previos, orales y escritos, entre las partes respecto de su objeto. Los términos y condiciones del Acuerdo y de la confirmación aplicable de Bentley se aplicarán a cada pedido aceptado o enviado por Bentley en virtud del presente documento. Cualesquiera términos o condiciones adicionales o distintos que figuren en una orden de compra emitida por el Suscriptor conforme al presente documento no serán vinculantes para las partes, aun cuando Bentley acuse recibo de dichos términos y condiciones, salvo que ambas partes lo acuerden expresamente en un documento separado según lo previsto en estos Términos.

8.3. Modificaciones. El Acuerdo solo podrá modificarse o enmendarse por escrito y con la debida firma de los representantes autorizados de las partes, si bien cualesquiera términos o condiciones adicionales o distintos que figuren en una orden de compra no serán vinculantes para las partes, aun cuando Bentley deba acusar recibo de ellos.

8.4. Fuerza Mayor. Bentley no será responsable del incumplimiento de los términos del Acuerdo debido a incendio, huelga, guerra, pandemia, actos o restricciones de gobiernos o autoridades públicas, casos fortuitos, conflictos laborales, actos terroristas, disturbios o conmoción civil, u otras causas inevitables y ajenas a su control razonable.

8.5. Renuncia. El hecho de que cualquiera de las partes no insista en el ejercicio de alguno de sus derechos en virtud del Acuerdo en una o varias ocasiones, o no ejerza alguno de sus derechos, no se considerará una renuncia a dichos derechos en ocasiones posteriores.

8.6. Supervivencia. Los compromisos contenidos en el Acuerdo que, por sus propios términos, requieran o contemplen su cumplimiento por las partes tras la expiración o resolución del Acuerdo (incluidas, entre otras, las Secciones 2, 3, 5, 6, 7 y 8) serán exigibles no obstante dicha expiración o resolución.

8.7. Divisibilidad. En caso de que una o más de las disposiciones contenidas en el Acuerdo sean declaradas, por cualquier motivo, inválidas, ilegales o inexigibles en cualquier aspecto, dicha declaración no afectará a las demás disposiciones del Acuerdo, sino que el Acuerdo se interpretará limitando dicha disposición en la medida en que refleje lo más fielmente posible la intención, la finalidad y el efecto económico de dicha disposición o, si ello no fuera posible, suprimiendo dicha disposición del Acuerdo, siempre que ello no afecte a la validez de las restantes disposiciones aquí contenidas, que permanecerán en pleno vigor y efecto conforme a sus términos. Las Partes acuerdan negociar de buena fe con el fin de sustituir dicha disposición inválida por otra que se aproxime al máximo al contenido y la finalidad del Acuerdo.

8.8. Contratista Independiente. La relación de Bentley con el Suscriptor a todos los efectos del presente documento será la de un contratista independiente y nada de lo aquí contenido se interpretará como creador, en momento alguno, de una relación de empleador y empleado entre las partes. 8.9. Cambio de Titularidad. El Suscriptor notificará por escrito a Bentley, con sesenta (60) días de antelación, cualquier cambio en su titularidad o ubicación. Si no fuera posible dar aviso previo respecto de un cambio de titularidad por restricciones de confidencialidad, el Suscriptor facilitará dicha notificación tan pronto como sea razonablemente posible tras el cambio de titularidad.

8.10. Títulos. Los títulos del Acuerdo tienen únicamente fines de conveniencia de referencia y no afectarán al significado ni a la interpretación del Acuerdo.

8.11. Doble Idioma. Las copias del Acuerdo o de partes de este podrán facilitarse en idiomas distintos del inglés. En caso de cualquier discrepancia entre los términos del Acuerdo en inglés y cualquier traducción, prevalecerá la versión en inglés, que será vinculante para las Partes. En el supuesto de que un estado/jurisdicción exija que prevalezca el idioma local, esta Sección 8.11 no será de aplicación en la medida necesaria para cumplir la legislación aplicable.

Términos de Asistencia y Mantenimiento

1. Definiciones.

Las palabras, términos y expresiones en mayúscula inicial utilizados en estos Términos de Asistencia y Mantenimiento tendrán el significado establecido en los Términos y Condiciones Generales de Bentley o el que se define a continuación.

2. Servicios de Soporte. 

2.1. Bentley prestará al Suscriptor servicios de Soporte Técnico, que incluyen soporte por correo electrónico y a través de Internet para asistir a los Suscriptores en relación con el uso de los Productos y servicios de Bentley (si bien no incluyen servicios profesionales, servicios gestionados ni servicios de formación profesional), así como esfuerzos razonables para responder a las consultas técnicas en un plazo de cuatro horas durante el horario laboral habitual. Los servicios de Soporte Técnico estarán disponibles los siete días de la semana, 24 horas al día, si bien, fuera del horario laboral habitual de la ubicación de soporte regional del Suscriptor, este podrá tener que contactar con otro centro de soporte de Bentley o recibir asistencia de este. Puede encontrar más detalles sobre la política de Soporte Técnico de Bentley en https://www.bentley.com/support/support-and-maintenance-terms/.

2.2. Bentley no tendrá obligación de proporcionar una respuesta u otro servicio en virtud del presente documento si la consulta técnica del Suscriptor ha sido causada por: (a) la incorporación o conexión de una función, programa o dispositivo a un Producto no aprobado ni suministrado por Bentley; (b) cualquier falta de conformidad causada por accidente, transporte, negligencia, uso indebido, alteración, modificación o mejora de un Producto, con excepción de las personalizaciones de Productos realizadas por Bentley y cubiertas por un Documento de Oferta independiente de asistencia y mantenimiento; (c) la falta de provisión de un entorno de red adecuado; (d) el uso del Producto de forma distinta a la descrita en su Documentación o a la autorizada en virtud de este Acuerdo; o (e) la falta de incorporación de cualquier versión de mantenimiento de un Producto o Actualización Menor publicada previamente por Bentley. Bentley ofrecerá servicios de soporte para una versión determinada de un Producto durante al menos doce meses a partir de la fecha de publicación de dicha versión. Puede encontrar más detalles sobre la política de Ciclo de Vida del Producto de Bentley en www.bentley.com/support/bentley-lifecycle-policy.

2.3. Si el Suscriptor experimenta una anomalía que detenga la producción, Bentley realizará esfuerzos de buena fe para crear una solución adecuada y entregarla por vía electrónica o por cualquier otro medio que Bentley elija a su entera discreción.

3.     Actualizaciones.

3.1. El Suscriptor tendrá derecho a recibir, sin cargo adicional (salvo los gastos de envío y manipulación, en su caso), las Actualizaciones Mayores y las Actualizaciones Menores de cada Producto cubierto por el programa comercial de suscripción de Bentley correspondiente, a medida que dichas Actualizaciones Mayores y Actualizaciones Menores estén disponibles.

3.2. Dichas Actualizaciones Mayores o Actualizaciones Menores podrán facilitarse en formato electrónico descargable o por cualquier otro medio que Bentley elija en cada momento, a su entera discreción.

Términos del Servicio de Bentley

1.    Definiciones.

Las palabras, términos y expresiones en mayúscula inicial utilizados en estos Términos del Servicio tendrán el significado establecido en los Términos y Condiciones Generales de Bentley o el que se define a continuación.

2.    Servicios Profesionales.

2.1. La descripción de las Ofertas de Servicios, incluido el resultado de las Ofertas de Servicios, en su caso (“Producto del Trabajo”), se establecerá en uno o más Documentos de Oferta. Cada Documento de Oferta establecerá, como mínimo, el trabajo que debe realizarse, el número de empleados de Bentley que se asignarán al trabajo del Suscriptor, la duración de la asignación de cada persona y las tarifas correspondientes al trabajo.

2.2. Método de Ejecución. Bentley, junto con su personal, determinará el método, los detalles y los medios para realizar el trabajo que deba llevarse a cabo para el Suscriptor, incluido el recurso a subcontratistas si se considera necesario. El Suscriptor no tendrá derecho a controlar la forma ni a determinar el método de realización de dicho trabajo, y no lo hará. No obstante, el Suscriptor podrá exigir que el personal de Bentley observe en todo momento las políticas de seguridad y protección del Suscriptor. Asimismo, el Suscriptor tendrá derecho a ejercer una amplia facultad general de supervisión y control sobre los resultados del trabajo realizado por Bentley con el fin de garantizar un rendimiento satisfactorio. Esta facultad de supervisión incluirá el derecho a inspeccionar, detener el trabajo, formular sugerencias o recomendaciones sobre los detalles del trabajo y solicitar modificaciones del alcance de un Documento de Oferta.

2.3. Programación. Bentley procurará atender en la medida de lo posible las solicitudes de calendario de trabajo del Suscriptor. Si algún miembro del personal de Bentley no pudiera prestar los servicios programados por enfermedad, dimisión u otras causas ajenas al control razonable de Bentley, Bentley intentará sustituir a dicho personal en un plazo razonable, si bien Bentley no será responsable por incumplimiento si no puede hacerlo, atendiendo debidamente a sus demás compromisos y prioridades.

2.4. Informes. El Suscriptor indicará a Bentley las personas a las que el responsable de Bentley informará sobre el avance del trabajo diario. El Suscriptor y Bentley desarrollarán los procedimientos administrativos adecuados para la realización del trabajo en las instalaciones del Suscriptor, si fuera necesario. El Suscriptor elaborará periódicamente una evaluación del trabajo realizado por Bentley para su presentación a Bentley cuando esta lo solicite.

2.5. Lugar de Trabajo. Determinados proyectos o tareas pueden requerir que el personal de Bentley realice el trabajo para el Suscriptor en las instalaciones de este. En caso de que dichos proyectos o tareas deban realizarse en las instalaciones del Suscriptor, este acepta proporcionar espacio de trabajo e instalaciones, así como cualesquiera otros servicios y materiales que Bentley o su personal puedan solicitar razonablemente para realizar su trabajo. Bentley reconoce que el Suscriptor puede disponer de políticas y procedimientos de seguridad y calidad in situ cuyo cumplimiento exija al personal de Bentley mientras se encuentre en sus instalaciones. Los empleados de Bentley cumplirán todos los requisitos, políticas y procedimientos razonables de seguridad y calidad conformes a los estándares del sector que se faciliten a Bentley con antelación. El Suscriptor reconoce que puede ser necesario formar al personal de Bentley en los procedimientos particulares utilizados en las instalaciones del Suscriptor. Cuando el Suscriptor determine que dicha formación es necesaria, abonará a Bentley, salvo acuerdo escrito en contrario, el tiempo de formación de su personal.

2.6. Cambios en los Servicios. El Suscriptor o Bentley podrán solicitar un cambio en las Ofertas de Servicios establecidas en un Documento de Oferta, incluida la modificación de las Ofertas de Servicios o del Producto del Trabajo, tales como aquellas ajenas al alcance original de un Documento de Oferta, presentando dicha solicitud por escrito a la otra parte (“Orden de Cambio”). Las Órdenes de Cambio solo surtirán efecto cuando hayan sido firmadas por los representantes autorizados de ambas partes. Todas las Órdenes de Cambio deberán ser firmadas por ambas partes antes del inicio de la Orden de Cambio. Si dicha Orden de Cambio afecta a las tarifas o al calendario de Bentley, Bentley notificará al Suscriptor dicho impacto antes de que este firme la Orden de Cambio.

2.7. No Exclusividad. Bentley conservará el derecho a realizar trabajos para terceros durante la vigencia de este Acuerdo. El Suscriptor conservará el derecho a que trabajos de la misma o de distinta naturaleza sean realizados por su propio personal u otros contratistas durante la vigencia de este Acuerdo.

2.8. Licencia Perpetua. Tras el pago íntegro de las Ofertas de Servicios, Bentley otorgará al Suscriptor un derecho y una licencia totalmente pagados, perpetuos y libres de regalías para utilizar el Producto del Trabajo para Uso en Producción. Bentley conserva todos los derechos, títulos e intereses sobre el Producto del Trabajo que no se hayan otorgado de otro modo al Suscriptor.

2.9. Obras Preexistentes de Bentley. Bentley se reserva y conserva por la presente la propiedad de todas las obras creadas por Bentley al margen de las Ofertas de Servicios prestadas conforme a cualquier Documento de Oferta, incluidos, entre otros, los Productos (las “Obras Preexistentes”). Bentley no otorga al Suscriptor derecho ni licencia alguna respecto de las Obras Preexistentes.

2.10. Conocimientos Residuales. Ambas partes reconocen que, en el curso normal de sus relaciones con el Suscriptor y de las Ofertas de Servicios, Bentley y su personal y agentes pueden familiarizarse con ideas, conceptos, conocimientos técnicos, métodos, técnicas, procesos, habilidades y adaptaciones relativos a las Ofertas de Servicios. No obstante cualquier disposición en contrario de este Acuerdo, y con independencia de su resolución, Bentley tendrá derecho a utilizar, divulgar y emplear de otro modo cualesquiera ideas, conceptos, conocimientos técnicos, métodos, técnicas, procesos y habilidades, así como adaptaciones, incluidas las características generalizadas de la secuencia, estructura y organización de cualesquiera obras de autoría, en el desarrollo de su actividad (incluida la prestación de servicios o la creación de programas o materiales para otros clientes), y el Suscriptor no invocará frente a Bentley ni frente a su personal prohibición o restricción alguna al respecto. A efectos aclaratorios, esta Sección 2.10 está sujeta a las obligaciones de confidencialidad de Bentley de la Sección 2.15 y no se interpretará en menoscabo de estas.

2.11. Intereses de Terceros. El interés del Suscriptor y sus obligaciones respecto de cualquier programación, materiales o datos que deban obtenerse de proveedores terceros, con independencia de que se obtengan con la asistencia de Bentley, se determinarán conforme a los acuerdos y políticas de dichos proveedores.

2.12. Tarifas. Se abonará a Bentley la tarifa especificada en cada Documento de Oferta o, si no se especifica ninguna, las tarifas habituales de Bentley para el nivel de personal que preste dichos servicios. A efectos aclaratorios, los encargos de proyectos prolongados facturados por tiempo y materiales estarán sujetos a los incrementos anuales de tarifas aplicables.

2.13. Gastos. El Suscriptor abonará asimismo el coste real de los gastos razonables de viaje y estancia de Bentley o un importe acordado por dichos gastos de viaje y estancia (distintos de los desplazamientos habituales al lugar de trabajo) de los empleados de Bentley en la ejecución de las Ofertas de Servicios establecidas en cada Documento de Oferta, junto con todos los demás gastos por cuenta propia incurridos por Bentley.

2.14. Estimaciones. Podrán facilitarse estimaciones de las tarifas totales de los proyectos en un Documento de Oferta, si bien Bentley no garantiza dichas estimaciones. No obstante, Bentley notificará al Suscriptor lo antes posible si va a superar la estimación, y el Suscriptor podrá entonces resolver el proyecto y abonar únicamente los servicios prestados, si así lo decide.

2.15. Confidencialidad. En la ejecución de las Ofertas de Servicios, Bentley puede obtener información del Suscriptor que sea de carácter reservado, no pública e identificada por escrito como confidencial por el Suscriptor. Bentley no divulgará a ninguna persona no empleada por el Suscriptor, ni utilizará salvo por cuenta del Suscriptor, dicha información confidencial obtenida en la ejecución de las Ofertas de Servicios, salvo autorización por escrito del Suscriptor. Bentley no tendrá obligación de confidencialidad respecto de la información del Suscriptor que:

2.15.1. haya pasado al dominio público por medios distintos de un incumplimiento de este Acuerdo; 2.15.2. haya sido obtenida legítimamente por Bentley de un tercero sin obligación de confidencialidad; o

2.15.3. fuera previamente conocida por Bentley, según quede demostrado mediante pruebas claras y convincentes. No obstante las restricciones anteriores, Bentley y su personal podrán utilizar y divulgar cualquier información en la medida exigida por una orden de un tribunal u otra autoridad gubernamental o en la medida necesaria para proteger sus intereses en este Acuerdo, pero, en cada caso, únicamente después de que se haya notificado al Suscriptor y este haya tenido la oportunidad, si fuera posible, de obtener una protección razonable para dicha información en relación con dicha divulgación.

2.16. Resolución de los Documentos de Oferta. El Suscriptor o Bentley podrán resolver cualquier Documento de Oferta no completado en cualquier momento mediante notificación por escrito a la otra parte con treinta (30) días de antelación. Tras dicha resolución, Bentley se compromete a dejar de prestar las Ofertas de Servicios del Documento de Oferta en cuestión y a remitir al Suscriptor todos los planos, informes u otros documentos, completados o no, relativos a las Ofertas de Servicios. En caso de dicha resolución, el Suscriptor solo responderá de las tarifas, costes y gastos devengados con anterioridad a la fecha efectiva de dicha resolución.

2.17. Prohibición de Contratación. El Suscriptor no solicitará para su empleo ni contratará a empleados de Bentley que presten servicios profesionales, directa o indirectamente, en virtud del presente documento durante la vigencia de las Ofertas de Servicios, más un período de un (1) año tras la finalización de los servicios profesionales prestados conforme al presente documento. Esta Sección 2.17 no será de aplicación si un empleado responde a un anuncio de contratación disponible públicamente publicado por el Suscriptor, siempre que el Suscriptor no solicite de otro modo al empleado para el puesto. 2.18. Supervivencia. Los compromisos contenidos en el Acuerdo que, por sus propios términos, requieran o contemplen su cumplimiento por las partes tras la expiración o resolución del Acuerdo (incluidas, entre otras, las Secciones 2.7, 2.9, 2.10 2.11 2.13 2.15, 2.16 y 2.17) serán exigibles no obstante dicha expiración o resolución.

Términos de la Oferta en la Nube

1.    Definiciones

Las palabras, términos y expresiones en mayúscula inicial utilizados en estos Términos de la Oferta en la Nube tendrán el significado establecido en los Términos y Condiciones Generales de Bentley o el que se define a continuación: 1.1. “Leyes y Reglamentos de Protección de Datos” significa todas las leyes y reglamentos, incluidas las leyes y reglamentos aplicables al tratamiento de Datos Personales, en su versión vigente en cada momento. Para evitar dudas, si las actividades de tratamiento de Bentley que impliquen Datos Personales no están comprendidas en el ámbito de aplicación de una determinada ley de protección de datos, dicha ley no será aplicable.

1.2. “Almacenamiento de Datos” significa la cantidad de espacio de almacenamiento de datos (incluidos la copia de seguridad y el almacenamiento externo), en su caso, que se asignará a los Datos del Suscriptor dentro del entorno de Bentley.

1.3. “Ofertas en la Nube de Bentley” u “Ofertas en la Nube” significa los productos y servicios de Bentley puestos a disposición del Suscriptor y a los que los Usuarios acceden a través de Internet.

1.4. “Datos del Suscriptor” significa los datos recopilados o almacenados por el Suscriptor mediante el uso de las Ofertas en la Nube, incluidos, entre otros, información financiera, comercial y técnica, planos de ingeniería, información de clientes y proveedores, investigaciones, diseños, planes y recopilaciones, pero excluida cualquier Información Protegida de Bentley.

1.5. “Datos Personales” significa cualquier información relativa a una persona física identificada o identificable (directa o indirectamente) tratada por Bentley por cuenta del Suscriptor, cuyo tratamiento esté sujeto a la legislación aplicable.

2.    Aplicabilidad.

Previa aprobación de Bentley, el Suscriptor podrá suscribirse a las Ofertas en la Nube de Bentley conforme a los términos específicos aquí establecidos. El Suscriptor reconoce y acepta que Bentley podrá, a su entera discreción, recurrir a un proveedor de servicios externo para suministrar las Ofertas en la Nube de Bentley o los Datos del Suscriptor. Para ser elegible para participar, el Suscriptor deberá estar al corriente en todas las facturas pendientes por importes adeudados a Bentley.

3.    Ofertas en la Nube de Bentley.

El Suscriptor podrá acceder a las Ofertas en la Nube conforme a los Términos del Programa aplicables o adquirirlas por tarifas adicionales (“Tarifas de la Oferta en la Nube”) que se especificarán en un Documento de Oferta. El Documento de Oferta podrá especificar las Tarifas de la Oferta en la Nube, cualesquiera límites y costes aplicables a la Oferta en la Nube, incluidos, entre otros, el almacenamiento de datos, y cualesquiera servicios aplicables que deban prestarse para la Oferta en la Nube, tales como servicios de implantación. La gestión continua del soporte de las Ofertas en la Nube, incluidas la disponibilidad del sistema y las condiciones de nivel de servicio de soporte aplicables a las Ofertas en la Nube, se establecerá en el Acuerdo de Nivel de Servicio de Bentley (https://www.bentley.com/legal/sla/). En caso de conflicto entre los términos del Acuerdo de Nivel de Servicio, estos Términos de la Oferta en la Nube y los Términos y Condiciones Generales de Bentley, prevalecerán los términos del Acuerdo de Nivel de Servicio únicamente respecto de las obligaciones de nivel de servicio en él contenidas.

4.    Uso Permitido.

Bentley otorgará al Suscriptor una licencia no exclusiva, intransferible, no cedible, revocable y limitada para utilizar y acceder a las Ofertas en la Nube de Bentley adquiridas (con sujeción a los términos de cualquier Documento de Oferta aplicable, de estos Términos de la Oferta en la Nube y de cualesquiera condiciones de uso (“Condiciones del Servicio”) presentadas en el momento del acceso) únicamente para Uso en Producción (el “Uso Permitido”). El Suscriptor adquiere únicamente el derecho a utilizar la Oferta en la Nube adquirida y no adquiere derecho de propiedad alguno sobre la Oferta en la Nube ni sobre ninguna parte de esta. Bentley y sus proveedores conservan todos los derechos, títulos e intereses sobre la Oferta en la Nube, y cualquier uso de la Oferta en la Nube que exceda del Uso Permitido constituirá un incumplimiento sustancial de estos Términos de la Oferta en la Nube; Bentley no tendrá responsabilidad alguna frente al Suscriptor ni frente a terceros en caso de dicho incumplimiento sustancial. Además de las restricciones de uso establecidas en las Condiciones del Servicio, los derechos de Uso Permitido del Suscriptor estarán sujetos a las siguientes condiciones: 4.1. El Suscriptor que adquiera con base en un Documento de Oferta no excederá los límites establecidos en dicho Documento de Oferta. En caso de que el uso de una Oferta en la Nube por parte del Suscriptor exceda del adquirido por este según se especifica en el Documento de Oferta aplicable, Bentley podrá facturar, y el Suscriptor deberá abonar, Tarifas adicionales de la Oferta en la Nube. Bentley, a su entera discreción, añadirá dichas tarifas adicionales a facturas posteriores o las facturará al Suscriptor por separado.

4.2. En caso de saldo vencido, Bentley se reserva el derecho a suspender el uso de las Ofertas en la Nube hasta que se hayan recibido todos los importes vencidos.

4.3. Bentley se reserva el derecho, sin asumir responsabilidad alguna, a modificar o suspender el uso de una Oferta en la Nube, o de cualquier parte de esta, si (i) Bentley determina, a su entera discreción, que dicha suspensión es necesaria para cumplir cualquier ley, reglamento u orden de una autoridad gubernamental aplicable o los términos de sus acuerdos con sus proveedores de servicios externos; o (ii) Bentley determina, a su entera discreción, que el rendimiento, la integridad o la seguridad de las Ofertas en la Nube se están viendo afectados negativamente o corren peligro de verse comprometidos como consecuencia del acceso del Suscriptor o de sus Usuarios.

4.4. El Suscriptor no manipulará en modo alguno el software o la funcionalidad de las Ofertas en la Nube ni de ninguna parte de estas. Sin limitación de lo anterior, el Suscriptor se compromete a no introducir en las Ofertas en la Nube ningún material que contenga virus, bombas de tiempo, caballos de Troya, gusanos, cancelbots u otras rutinas de programación informática que puedan dañar, interferir, interceptar o expropiar cualquier sistema o dato. El Suscriptor no utilizará bots, agentes, rastreadores de subastas u otros programas de rastreo informático en relación con su uso de las Ofertas en la Nube. El Suscriptor no cargará, publicará ni transmitirá de otro modo ningún contenido que sea ilícito; ningún contenido que el Suscriptor no tenga derecho a transmitir en virtud de una ley o de una relación contractual o fiduciaria; ni ningún contenido que infrinja patentes, marcas, secretos comerciales, derechos de autor u otros derechos de propiedad de terceros.

4.5. El Suscriptor es responsable de garantizar que los Usuarios protejan las credenciales, incluidas las contraseñas, utilizadas para acceder a las Ofertas en la Nube y no las divulguen a terceros. El Suscriptor es responsable de toda actividad realizada con sus cuentas, con independencia de que haya autorizado dicha actividad. El Suscriptor notificará de inmediato a Bentley cualquier uso no autorizado de las Ofertas en la Nube. El Suscriptor garantizará que toda la información de los Usuarios esté actualizada y notificará de inmediato a Bentley cualquier cambio en los datos de contacto u otra información de los Usuarios.

4.6. El Suscriptor comunicará las restricciones de uso antes indicadas a todos los Usuarios, incluidos los empleados del Suscriptor y los Usuarios Externos que accedan o utilicen cualquier Oferta en la Nube. Los actos u omisiones de cualquiera de dichos Usuarios que accedan a las Ofertas en la Nube se considerarán actos u omisiones del Suscriptor, de modo que el Suscriptor será plenamente responsable del cumplimiento y ejecución de todas las obligaciones contractuales aplicables. El Suscriptor indemnizará y mantendrá indemne a Bentley frente a toda responsabilidad derivada del incumplimiento de los términos de esta Sección 4 por parte de los Usuarios, incluidos los empleados del Suscriptor y los Usuarios Externos.

5.    Acceso y Disponibilidad.

El Suscriptor es responsable de proporcionar todo el equipo y la conectividad necesarios para acceder y utilizar las Ofertas en la Nube a través de Internet. El Suscriptor acepta que, en determinados momentos, las Ofertas en la Nube pueden resultar inaccesibles o inoperativas por diversos motivos, incluidos, sin limitación, (i) fallos del sistema; (ii) procedimientos periódicos de mantenimiento o reparaciones que Bentley o sus proveedores de servicios puedan realizar en cada momento; (iii) problemas de compatibilidad con el hardware o el software del Suscriptor o de un tercero; o (iv) causas ajenas al control de Bentley o que no sean razonablemente previsibles por Bentley, incluidos fallos de red o de dispositivos, interrupción o fallo de los enlaces de telecomunicaciones o de transmisión digital, ataques hostiles a la red o congestión de la red u otros fallos (conjuntamente, “Tiempo de Inactividad”). Bentley realizará esfuerzos razonables para notificar al Suscriptor con antelación cualquier Tiempo de Inactividad programado y para minimizar cualquier interrupción de las Ofertas en la Nube relacionada con el Tiempo de Inactividad.

6.    Datos del Suscriptor.

Bentley reconoce, y el Suscriptor garantiza y declara, que el Suscriptor ostenta todos los derechos, títulos e intereses sobre los Datos del Suscriptor. El Suscriptor indemnizará y mantendrá indemne a Bentley frente a todas las reclamaciones contra Bentley en las que se alegue que los Datos del Suscriptor recopilados o almacenados para su uso con las Ofertas en la Nube de Bentley infringen patentes, marcas, secretos comerciales, derechos de autor u otros derechos de propiedad de terceros, o vulneran de cualquier modo las leyes de privacidad o de protección de datos. Bentley no será responsable de ningún fallo o menoscabo de las Ofertas en la Nube de Bentley causado por los Datos del Suscriptor o relacionado con ellos. Bentley mantendrá la confidencialidad de todos los Datos del Suscriptor y no reproducirá ni copiará dichos datos salvo en la medida en que sea necesario y esté permitido conforme a esta Sección 6 en relación con la prestación de las Ofertas en la Nube o según lo autorizado expresamente por el Suscriptor. Si los Datos del Suscriptor incluyen Datos Personales y su tratamiento está regulado por las Leyes y Reglamentos de Protección de Datos, las partes acuerdan cumplir el Anexo de Tratamiento de Datos (https://www.bentley.com/legal/data-processing-addendum/). En caso de conflicto entre los términos del Anexo de Tratamiento de Datos, estos Términos de la Oferta en la Nube y los Términos y Condiciones Generales de Bentley, prevalecerán los términos del Anexo de Tratamiento de Datos únicamente respecto de las obligaciones de privacidad y seguridad de la información en él contenidas. El Suscriptor será el único responsable de los Datos del Suscriptor, incluidos, sin limitación, la carga de dichos datos, la seguridad de su transmisión a Bentley y su formateo y configuración adecuados para su uso con las Ofertas en la Nube de Bentley. El Suscriptor acepta y reconoce que Bentley podrá recopilar periódicamente Datos de uso y que todos los Datos de uso serán propiedad de Bentley y se considerarán Información Protegida de Bentley. El Suscriptor se compromete a no alterar ni interferir en la recopilación por parte de Bentley de Datos de uso exactos.

7.     Resolución.

Además de los derechos de resolución de las partes establecidos en los Términos y Condiciones Generales de Bentley, Bentley podrá resolver una Suscripción a una Oferta en la Nube, mediante notificación por escrito al Suscriptor sin demora injustificada, en caso de resolución de los acuerdos de Bentley con sus proveedores de servicios externos. La resolución de una Suscripción a una Oferta en la Nube por cualquiera de las partes extinguirá automáticamente cualquier licencia otorgada conforme a la Sección 4 de estos Términos de la Oferta en la Nube.

Términos específicos del país

Estos Términos específicos del país contienen condiciones especiales del Acuerdo aplicables a un Suscriptor cuyo domicilio social principal esté registrado en los países indicados a continuación y tienen por objeto modificar los Términos y Condiciones Generales.

País

N.º de cláusula

Texto de la cláusula

Notas

EE. UU.

8.12

Si los Productos se adquieren para o por cuenta de los Estados Unidos de América, sus organismos y/o dependencias (“Gobierno de EE. UU.”), se proporcionan con derechos restringidos. Los Productos y la documentación que los acompaña son “software informático comercial” y “documentación de software informático comercial”, respectivamente, conforme a 48 C.F.R. 12.212 y 227.7202, y “software informático restringido” conforme a 48 C.F.R. 52.227-19(a), según corresponda. El uso, modificación, reproducción, divulgación, ejecución, exhibición o revelación de los Productos y de la documentación que los acompaña por parte del Gobierno de EE. UU. están sujetos a las restricciones establecidas en este Acuerdo y conforme a 48 C.F.R. 12.212, 52.227-19, 227.7202 y 1852.227-86, según corresponda.

Esta cláusula constituye la Sección 8.12 de los Términos y Condiciones Generales.

Reino Unido

5.6

En la medida en que este Acuerdo no constituya un contrato de suministro internacional en el sentido de la sección 26 de la Unfair Contract Terms Act 1977, Bentley no excluye su responsabilidad por (a) fallecimiento o lesiones personales causados por negligencia de Bentley, sus directivos, empleados, contratistas o agentes; (b) dolo o declaración fraudulenta; (c) incumplimiento de las obligaciones implícitas en la sección 12 de la Sale of Goods Act 1979 o en la sección 2 de la Supply of Goods and Services Act 1982; o (d) cualquier otra responsabilidad que no pueda excluirse por ley.

Texto adicional añadido al final de la Sección 5.6 de los Términos y Condiciones Generales.